ANONIMIZADO
Rol
C-224-2022
Fecha
3 de agosto de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En virtud de los antecedentes, no contando con domicilio para realizar el emplazamiento legal del demandado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, 54-1 y 57 de la ley 19.968, en relación con el 254 del Código de Procedimiento Civil, póngase término a la tramitación de la presente, sin perjuicio del derecho de la parte demandante de presentar nuevamente la demanda, con los antecedentes suficientes para emplazar legalmente al demandado. Notifíquese a las partes por estado diario o correo electrónico, si se encuentra registrado en la causa. RIT : C-224-2022...
Fallo
se resuelve: A sus antecedentes lo informado. Vistos: En virtud de los antecedentes, no contando con domicilio para realizar el emplazamiento legal del demandado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, 54-1 y 57 de la ley 19.968, en relación con el 254 del Código de Procedimiento Civil, póngase término a la tramitación de la presente, sin perjuicio del derecho de la parte demandante de presentar nuevamente la demanda, con los antecedentes suficientes para emplazar legalmente al demandado. Notifíquese a las partes por estado diario o correo electrónico, si se encuentra registrado en la causa. RIT : C-224-2022...
Texto Completo (Preview)
Los Andes, tres de agosto de dos mil veintidós. A la presentación ingresada, se resuelve: A sus antecedentes lo informado. Vistos: En virtud de los antecedentes, no contando con domicilio para realizar el emplazamiento legal del demandado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, 54-1 y 57 de la ley 19.968, en relación con el 254 del Código de Procedimiento Civil, póngase término a la t
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