Juzgado de Garantía de Iquique.

FISCALIA IQQ C/ BARBARA SINAI AGUILAR VILLAVICENCIO

Rol

O-4744-2021

Fecha

5 de enero de 2022

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 16 de julio del 2021 aproximadamente a las 23:30 horas en circunstancias que personal del servicio nacional de aduanas realizaba labores propias de su especialidad en la avanzada Aduanera de Rio Loa, procedieron a la fiscalización del bus de la empresa Tur Bus y en particular de sus pasajeros, entre ellos las acusadas BARBARA SINAI AGUILAR VILLAVICENCIO Y IVAN SAMIR MORALES LOPEZ, siendo sorprendida BARBARA AGUILAR transportando 23 bolsas al interior de su chaqueta y 8 bolsas al interior de una almohada, todas contenedoras de una sustancia que resulto ser ketamina con un peso bruto de 1 kilo, 641 gramos aproximadamente; y el acusado IVAN MORALES transportando 32 bolsas al interior de su chaqueta, todas contenedores de una sustancia que resulto ser ketamina con un peso bruto de 1 kilo, 697 gramos aproximadamente. DELITO TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000. YKLTXQSXHR Vicente Antonio Muratori Quezada Juez de garantía Fecha: 05/01/2022 20:26:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl PARTICIPACIÓN: Autores GRADO DE EJECUCIÓN: Consumados ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD Si SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO SE DECLARA: Que se condena a, BARBARA SINAI AGUILAR VILLAVICENCIO, nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjero N° 0014882182-8, y a IVAN SAMIR MORALES LOPEZ, nacionalidad venezolano, cédula de identidad para extranjero N° 0014881875-4, ya individualizados, como autores del delito consumado de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20

Fallo

SE DECLARA: Que se condena a, BARBARA SINAI AGUILAR VILLAVICENCIO, nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjero N° 0014882182-8, y a IVAN SAMIR MORALES LOPEZ, nacionalidad venezolano, cédula de identidad para extranjero N° 0014881875-4, ya individualizados, como autores del delito consumado de TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en Iquique, el día 16 de julio del 2021, a sufrir CADA UNO la pena de: PENA PRIVATIVA Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo Se reconoce el mayor tiempo que han estado privado de libertad con motivo de esta causa, desde el 16 de julio de 2021, esto es 173 días, descontando los días 120 días, que se dio por cumplida la pena pecuniaria. Abonándose el saldo de 53 días. Expulsión artículo del territorio nacional Artículo 34 Ley 18.216 10 años (Prohibición de reingresar) Dentro del plazo de 120 días desde que se encuentre ejecutoriada la sentencia. PENAS ACCESORIAS, INHABILIDADES Y OTRAS PERIODO Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos Perpetua Inhabilitación absoluta para cargos u oficio públicos 4 años Toma de huella genética de ADN PENA PECUNIARIA-CUMPLIDA Multa Cuotas Primer vencimiento 40 Unidades Tributarias mensuales CUMPLIDA ---------- Observación: La pena de multa se da por cumplida con el mayor tiempo que han estado privado de libertad con motivo de esta causa. Imputándose los primeros 120 días, desde

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Individualización de Audiencia de preparación juicio oral.. Fecha Iquique., cinco de enero de dos mil veintidós Magistrado VICENTE ANTONIO MURATORI QUEZADA Fiscal SILVANA SIERRE CASTILLO Defensor ANDREA NORAMBUENA BELTRAN Hora inicio 10:44AM Hora termino 10:55AM Sala SALA 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta NRR/crh RUC 2100653393-8 RIT 4744 – 2021 Delito Trafico ilícito de drogas (Art

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