1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VALDEBENITO/JIMÉNEZ

Rol

O-6919-2020

Fecha

10 de mayo de 2021

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS · CONCILIACION (llamado) X · 1. TOTAL · 2. PARCIAL · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE PRUEBA · 1. DEMANDADA · A. DOCUMENTAL X · CONFESIONAL · TESTIMONIAL · OTROS MEDIOS (Oficios) · 1. DEMANDANTE · A. DOCUMENTAL · B. CONFESIONAL · TESTIMONIAL · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (Exhibición) · SENTENCIA X Comparece por la parte demandante don PABLO MARCELO SAFFIRIO ESPINOZA, mediante escrito de delega poder. El Tribunal tiene presente. Se deja constancia que la demandada estando legalmente notificada, no comparece a la presente audiencia. RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce atendida a la rebeldía referida. HECHOS A PROBAR: 1. Estipulaciones de la relación aboral existente entre demandante y demandada estipulaciones pactadas y efectivamente percibidas para los efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo 2. Estado de pago de las cotizaciones previsionales del actor 3. Efectividad de los hechos comunicados en la carta de despido al empleador hechos pormenores y circunstancias. 4. Existencia de lucro cesante y en la afirmativa de lo anterior, monto correspondiente a dicho perjuicio. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Contrato de trabajo suscrito entre el trabajador y el empleador con fecha 16 de mayo de 2017. 2.- Certificado de cotizaciones emitido por AFP Hábitat respecto el trabajador con fecha 26 de agosto de 2020. 3.- Certificados de cotizaciones emitido por AFC Chile S.A. respecto del trabajador emitidos con fecha 29 de julio de 2020 respecto de los períodos 2017, 2018, 2019 y 2020. 4.- Anexo de contrato de trabajo suscrito por el trabajador con la demandada de fecha 1 de marzo de 2018. 5.- Liquidaciones de sueldo del trabajador de enero a abril y de octubre a noviembre de 2019 y enero, febrero y abril de 2020. 6.- Copia simple de la carta de autode

Fundamentos

Considerando: PRIMERO: Que comparece doña Gabriela Irene Clavijo Monsalve, abogada, en representación convencional de don Cristián Valdebenito Mancilla, cédula de identidad N° 16.063.644-0, domiciliado en calle Ernesto Samit Nº 855, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, quien demanda a la empresa METALMECÁNICA ANCLAMETALS.A., RUT 76.305.240-0, representada legalmente por don Luis Jiménez Gómez, cédula de identidad Nº 4.879.872-1, domiciliados para estos efectos en calle Jorge Hirmas Nº 2.665, comuna de Renca, Región Metropolitana. Y visto además lo dispuesto en los artículos, 1, 7, 9, 41, 72, 71, 63, 160, 162, 168, 173, 420, 452, y siguientes del Código del trabajo

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña Gabriela Irene Clavijo Monsalve, en representación de don Cristián Valdebenito Mancilla en contra de METALMECÁNICA ANCLAMETALS.A., representada legalmente por don Luis Jiménez Gómez, todos debidamente individualizados declarándose que el término de la relación laboral entre las partes se produjo el 31 de agosto por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones del empleador y que el despido verificado en la misma fecha es nulo por lo que se condena a la parte demandada a las siguientes prestaciones. a. Que, en consecuencia, se condene a la demandada al pago de $2.150.000, por tres años equivalente a la indemnización por años de servicio. b.- Que se condena al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma equivalente a $750.000.- c.- Que se condena a la demandada al pago del recargo legal del 80% sobre la indemnización por años de servicio contemplado en el artículo 168 letra c) equivalente a la suma de $1.720.000.- d.- Que se condena a la demandada al pago por lucro cesante por la suma de $1.864.710.- e.- Que conforme a la declaración de nulidad del autodespido se condena a la parte demandada al pago de todas las remuneraciones a razón de $750.000 mensuales que habría correspondido al actor desde la fecha del despido hasta la convalidación del mismo en la forma prescrita por el artículo 162 del Código del trabajo. II.- Que las sumas ordenadas pagar precedentemente se pagarán con los inter

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA Y DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 06/05/2021 RUC 20-4-0304063-1 RIT O-6919-2020 MAGISTRADO FELIPE NORAMBUENA BARRALES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Nelson Montoya Candia HORA DE INICIO 11:00 HORA DE TERMINO 11:42 SALA SALA VIRTUAL 9 (5.3) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040304063-1-1348 PARTE DEMANDANTE CRISTIA

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