RODRÍGUEZ/CONNECT SPA
Rol
M-71-2021
Fecha
7 de mayo de 2021
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
hechos referidos al régimen de subcontratación, por lo que no existe ninguna petición en tal sentido, razón por la cual este sentenciador está impedido de hacer alguna declaración con respecto de aquella materia, y de hacerlo se cometería ultrapetita. Sin perjuicio de lo referido, en la demanda se manifiesta que los actores trabajaron en obras para Wom en la provincia de Talca, y de la prueba rendida por la demandante, en especial la testimonial, se concluye que los actores trabajaron en obras en la región del Bio Bio y Santiago. A su vez el testigo de Wom, dijo expresamente que no tienen obras en la provincia de Talca y que solo hay proyectos, pero no están en ejecución. Atendido lo expuesto, procede concluir que los actores no trabajaron en la provincia de Talca y menos en régimen de subcontratación para la empresa Wom S.A. Noveno: Las restantes medios de prueba, en especial la documental consistente en las cartas de despido, liquidaciones de remuneraciones, en nada aportan a la discusión, por cuanto dicen relación con la existencia de la relación laboral con la demandada principal, el término de esta y las prestaciones que se le adeudan y fueron reconocidas. Los certificados de cotizaciones previsionales, no dicen relación con la cuestión controvertida. El pantallazo de la publicidad de Conncect SpA, nada aporta, por cuanto el tribunal no se puede pronunciar sobre el régimen de subcontratación por no haber sido pedida su declaración. Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 183 A, 446, 456, 500 y 501 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva deducida por Woms. II.- Que se acoge parcialmente la demanda deducida por don José Manuel Rodríguez León, don Daniel Rosalino Valenzuela Muñoz y don Luis Eugenio Valenzuela Muñoz, en contra de Connect SpA, representada don Alexis Venegas Amigo, y en contra de empresa Wom S.A., declarándose que Connect SpA, adeuda a los demandantes las siguientes
Fallo
Por lo expuesto procede rechazar la excepción de falta de legitimación pasiva. Séptimo: Que la demandada principal se allanó a la solicitud de las prestaciones que se cobran en su contra, por lo que se accederá a ello en la forma solicitada. Octavo: En cuanto al régimen de subcontratación se describió en el desarrollo de la demanda, cumpliendo con el ello con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 446 del Código del Trabajo, pero en la parte petitoria en los términos del numeral 5 del artículo referido, no se hace ninguna mención a los hechos referidos al régimen de subcontratación, por lo que no existe ninguna petición en tal sentido, razón por la cual este sentenciador está impedido de hacer alguna declaración con respecto de aquella materia, y de hacerlo se cometería ultrapetita. Sin perjuicio de lo referido, en la demanda se manifiesta que los actores trabajaron en obras para Wom en la provincia de Talca, y de la prueba rendida por la demandante, en especial la testimonial, se concluye que los actores trabajaron en obras en la región del Bio Bio y Santiago. A su vez el testigo de Wom, dijo expresamente que no tienen obras en la provincia de Talca y que solo hay proyectos, pero no están en ejecución. Atendido lo expuesto, procede concluir que los actores no trabajaron en la provincia de Talca y menos en régimen de subcontratación para la empresa Wom S.A. Noveno: Las restantes medios de prueba, en especial la documental consistente en las cartas de despido, liquidac
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Causa Ruc 21-4-0325428-K Rit M-71-2021 Materia Cobro de prestaciones Procedimiento Monitorio Demandante José Manuel Rodríguez León Luis Eugenio Valenzuela Muñoz Daniel Rosalino Valenzuela Muñoz C.I. 14.344.046-K C.I. 11.174.168-9 C.I. 11.320.428-1 Abogados María Mercedes Bulnes Núñez C.I. 6.061.620-5 Demandado Connect SpA. Wom S.A. Rut 76.603.215-K Rut 78.921.690-8 Abogados S
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