Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ SERGIO ALEJANDRO TAPIA LOBO

Rol

O-1847-2020

Fecha

21 de diciembre de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “Que el día 13 de Febrero de 2002, aproximadamente a las 18:40 horas, en calle Rafael Sotomayor, Reñaca, Viña del Mar, donde el imputado SERGIO ALEJANDRO TAPIA LOBO, fue sorprendido por funcionarios de carabineros, mientras guardaba entre sus vestimentas con fines de venta o transferencia a terceros, 40 envoltorios de papeles contenedores de 2,2 gramos netos de pasta base de cocaína, sin acreditar de manera alguna que la droga estuviese destinada a su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo” VISTOS, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14, 15, 30, 67, 69 del Código Penal; artículo 4 y siguientes de la ley N°20.000; artículos 36, 47, 340, 406 y 412 del Código Procesal Penal, y ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena al encausado SERGIO ALEJANDRO TAPIA LOBO, ya individualizado, como autor del delito de tráfico ilegal de estupefacientes bajo la modalidad de Microtráfico, hecho perpetrado en esta ciudad el día 13 de febrero de 2020, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, registro de huella genética, pago de una multa de CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que, la pena de multa deberá ser pagada en pesos en el equivalente al momento de su pago, en caso de que el encausado no pague o no tenga dineros suficientes, se le sustituirá de conformidad a la ley. III.- Que, se le concede a la sentenciada la pena sustitutiva de RECLUSION PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, debiendo solicitarse un informe de factibilidad de monitoreo telemático, y tiene de abono para el cumplimiento de la pena, el día que estuvo privado de libertad por esta causa; se le suspende la pena a fin de que el encausado una vez que recupere la libertad, por l

Fallo

se declara: I.- Que, se condena al encausado SERGIO ALEJANDRO TAPIA LOBO, ya individualizado, como autor del delito de tráfico ilegal de estupefacientes bajo la modalidad de Microtráfico, hecho perpetrado en esta ciudad el día 13 de febrero de 2020, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, registro de huella genética, pago de una multa de CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que, la pena de multa deberá ser pagada en pesos en el equivalente al momento de su pago, en caso de que el encausado no pague o no tenga dineros suficientes, se le sustituirá de conformidad a la ley. III.- Que, se le concede a la sentenciada la pena sustitutiva de RECLUSION PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, debiendo solicitarse un informe de factibilidad de monitoreo telemático, y tiene de abono para el cumplimiento de la pena, el día que estuvo privado de libertad por esta causa; se le suspende la pena a fin de que el encausado una vez que recupere la libertad, por la causa que actualmente lo tiene privado de ella. IV.- Que, no se le condena al pago de las costas de la causa. Regístrese. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifíquese. Dictada por don ROBERTO PINTO GUTIERREZ, Juez de Garantía de Viña del Mar. SKERXXHPFW Roberto Ariel Pinto Gutierrez Juez de garantía Fecha: 30/12/2021 12:03:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA

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SENTENCIA: Fecha Viña del Mar, veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno RUC 2000173298-7 RIT 1847 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA SERGIO ALEJANDRO TAPIA LOBO 0016231458- 0 Sector Miraflores Alto Calle Centella Nº 6 -B Viña del Mar. HECHOS: “Que el día 13 de Febrero de 2002, aproximadamente a las 18:40 horas, en calle Rafael Sotomayor, Reñaca, Viña del Mar, donde el imputado SERGIO

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