C/ RICARDO ANTONIO SIERRA GUERRA
Rol
O-1003-2021
Fecha
22 de diciembre de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 19 de Marzo de 2020, a las 23:40 horas aproximadamente, en circunstancias que el requerido RICARDO ANTONIO SIERRA GUERRA, conducía el camión Peugeot, placa patente única DPFX-55, en estado de ebriedad, por la Autopista Central, instante en que al llegar frente a calle Florencia, de la comuna de Pedro Aguirre Cerda, al no estar atento a las condiciones del tránsito, colisiono al vehículo Station Wagon, marca MG, placa patente única KLGY-25, que era conducido por la victima de nombre GISELLA IVONNE GONZALEZ GUTIERREZ; a raíz de lo anterior dicha víctima, resultó con lesiones consistentes en “erosiones en mano izquierda”, calificadas de carácter leve, según consta en Informe de Lesiones N°040839, emitido por el CESFAM N°1 de Santiago. Funcionarios de Carabineros de Chile, que llegaron al lugar de los hechos constataron que el requerido conducía en manifiesto estado de ebriedad, lo que les consto por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. En virtud de lo cual se procede a realizarle el examen Alcotest el que dio como resultado 1,40 g/l de alcohol en la sangre; posteriormente su examen de alcoholemia dio como resultado 1,53 g/l de alcohol en la sangre. Y Vistos lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nº 6, 11 Nº9, 14, 15, 16, 18, 25, 30, 50 del Código Penal; disposiciones de la Ley Nº18.290; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Se declara: l.- Que se condena a RICARDO ANTONIO SIERRA GUERRA, ya individualizado, a la pena de cuarenta y un días (41) de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena, a la suspensión de licencia de conducir vehículos motorizados por el término de dos años, y al pago de una multa a beneficio fiscal de dos (2) Unidades Tributarias Mensuales, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al artí
Fallo
Se declara: l.- Que se condena a RICARDO ANTONIO SIERRA GUERRA, ya individualizado, a la pena de cuarenta y un días (41) de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena, a la suspensión de licencia de conducir vehículos motorizados por el término de dos años, y al pago de una multa a beneficio fiscal de dos (2) Unidades Tributarias Mensuales, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación al artículo 111 y 196 de la Ley Nº18.290, en grado de desarrollo consumado, perpetrado en esta jurisdicción el día 19 de marzo del año dos mil veinte. II- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la ley 18216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión WXHFXMVLMT GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO Juez de garantía Fecha: 23/12/2021 12:18:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl file://ACTA1_JG10/AUDIENCIAS/2000363819-8-1229 condicional, debiendo quedar sujeta al control administrativo y asistencia
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RESUMEN TRIBUNAL : DECIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. RUC : 2000363819-8 RIT : 1003 - 2021 DELITO : CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO LESIONES LEVES RESULTADO DE DAÑOS NOMBRE IMPUTADO : RICARDO ANTONIO SIERRA GUERRA CEDULA DE IDENTIDAD : 10.828.952-K DOMICILIO : CALLE RUBÉN DARÍO Nº741 - SAN BERNARDO FISCAL : PATRICIO PÉREZ ROJAS DEFENSOR PRIVADO : PEDRO PRADO NAVARRO CIRCUNST. MODIF.
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