MP C/ JHONY ANTONIO SEGOVIA REYES
Rol
O-9697-2020
Fecha
21 de diciembre de 2021
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 04 de Noviembre de 2020, a las 02.25 horas aproximadamente, en la intersección de calle Cabo 2do Pedro Méndez con calle Tiburcio Chandía, en la comuna de La Serena, el acusado Jhony Antonio Segovia Reyes fue sorprendido por personal de carabineros, portando y manteniendo en su poder un arma de fuego, apta para el disparo, tipo escopeta de fabricación artesanal, que consta de dos cuerpos metálicos enguinchados con cinta aisladora”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2001117930-5-929-211221-00-03- 9697-2020 sentencia, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 50, 67, 68, 69, 70, 76, 77 del Código Penal, artículos 1° y 13° de la Ley N° 17.798; artículos 11, 45, 47, 295, 297, 340, 348, 406, 407, 412 y 413 del Código Procesal Penal y artículos 1°, 14, 15 y 16 de la Ley N° 18.216, se resuelve: I.- Que, se condena a Jhony Antonio Segovia Reyes, cédula de identidad N° 21.006.701-9, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de condena, por su responsabilidad como autor de un delito de porte ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal, previsto en el artículo 13 en relación al artículo 3° de la Ley de Control de Armas N° 17.798, en grado de consumado, ocurrido en esta comuna, el día 04 de noviembre del 2020. II.- Que, reuniéndose los requisitos legales, se le otorgará al sentenciado la pena sustitutiva de libertad vigilada, por el término de la pena impuesta, debiendo quedar bajo la observación permanente de un delegado de libertad vigilada, debiendo dar cumplimiento a las restantes condiciones impuestas en el artículo 17 de la Ley N° PROCEDIMIENTO: Abreviado RUC Nº: 2001117930-5 RIT Nº: 9697 – 2020 DELITO: Porte ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal SENTENCIADO: JHONY ANTONIO SEGOVIA REYES HXYX
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Claudio Marcelo Ayala Oyanedel Fiscal German Calquín Meza Defensor Paula Pérez Salinas Imputado Jhony Antonio Segovia Reyes, cédula de identidad N° 21.006.701-9, domiciliado en calle Ramón Varela Nº 5047, población el Olivar, Las Compañías, comuna de La Serena. Sala Sal
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