PATRICIO ARMANDO ALARCON AGUILERA C/ ÁLVARO ANTONIO VIDAL PÉREZ
Rol
O-73-2021
Fecha
15 de diciembre de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 26, 30, 49, 50 y 70 del Código Penal, artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, Leyes 18.216 y 18.290, se declara: I.- Que SE CONDENA a ALVARO ANTONIO VIDAL PÉREZ, cédula de identidad N° 18.558.667-7, ya individualizado, a la pena de Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a 2 UTM y a la suspensión de su licencia de conducir por el término de dos años, todo ello como AUTOR del delito Consumado de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18.290, cometido en este territorio jurisdiccional el día 27 de enero de 2021. II.- Que reuniéndose los requisitos que establecen los artículos 10 y siguientes de la Ley 18.216 se le sustituye la pena corporal por la de Prestación de servicios en beneficio de la comunidad por el término de 81 horas que deberá cumplir en el Centro de Reinserción Social correspondiente ejecutoriada esta sentencia. Si incumple lo anterior, se resolverá conforme lo dispuesto en los artículos 25 y siguientes del mismo cuerpo legal y en caso de disponerse el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad esta se contará desde que fuese habido y no existe tiempo de abono que considerar a su respecto. III.- Si no pagare la multa se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal concediéndose para el pago el término de cuatro meses XEXWXKXEYY Daniel Alejandro Ocampo Rubio Juez de garantía Fecha: 17/12/2021 13:46:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S a
Fallo
se declara: I.- Que SE CONDENA a ALVARO ANTONIO VIDAL PÉREZ, cédula de identidad N° 18.558.667-7, ya individualizado, a la pena de Sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a 2 UTM y a la suspensión de su licencia de conducir por el término de dos años, todo ello como AUTOR del delito Consumado de Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley N° 18.290, cometido en este territorio jurisdiccional el día 27 de enero de 2021. II.- Que reuniéndose los requisitos que establecen los artículos 10 y siguientes de la Ley 18.216 se le sustituye la pena corporal por la de Prestación de servicios en beneficio de la comunidad por el término de 81 horas que deberá cumplir en el Centro de Reinserción Social correspondiente ejecutoriada esta sentencia. Si incumple lo anterior, se resolverá conforme lo dispuesto en los artículos 25 y siguientes del mismo cuerpo legal y en caso de disponerse el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad esta se contará desde que fuese habido y no existe tiempo de abono que considerar a su respecto. III.- Si no pagare la multa se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal concediéndose para el pago el término de cuatro meses XEXWXKXEYY Daniel Alejandro Ocampo Rubio Juez de garantía Fecha: 17/12/2021 13:46:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECT
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Sentencia Fecha Licantén., quince de diciembre de dos mil veintiuno Magistrado DANIEL ALEJANDRO OCAMPO RUBIO Fiscal ANDRÉS GAETE FUENZALIDA Defensor FRANCISCO IGOR DÍAZ ORELLANA Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Licanten. RUC 2100101607-2 RIT 73 - 2021 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA ÁLVARO ANTONIO VIDAL PÉREZ (COMPARECE) 0018558667-7 Calle POZO ALMONTE Nº 168 Curicó. Hechos. “El día
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