Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ GONZALO FRANCISCO HUENCHULEO AGUAYO

Rol

O-9092-2017

Fecha

16 de diciembre de 2021

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 13/10/2017 a las 23:30 horas, en circunstancias que la víctima doña ALEJANDRA ANDREA LETELIER BORQUEZ se encontraba en su domicilio ubicado en UNO Poniente 030 de Labranza, fue agredida con golpes por su conviviente GONZALO FRANCISCO HUENCHULEO AGUAYO, causándole diversas lesiones, la víctima huye del domicilio solicitando ayuda a los vecinos. El requerido procede luego a quebrar el parabrisas del vehículo, que se encontraba a las afueras del domicilio de propiedad de don ERICO NICOLÁS ESPARZA FRITZ, daños que fueron avaluados en la suma de $150.000.- Temuco, dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°6, 14, 15, 24, 25, 26, 49, 50, 69, 70, 399, 494 N°5 del Código Penal; artículos JPCVXLSEJM Leticia Andrea Rivera Reyes Juez de garantía Fecha: 20/12/2021 12:55:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 5 y 9 de la ley 20.066 y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a GONZALO FRANCISCO HUENCHULEO AGUAYO, ya individualizado, como autor del delito consumado de Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 13 de Octubre de 2017, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que se le condena además a la pena accesoria de la letra b, del artículo 9 de la ley 20.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°6, 14, 15, 24, 25, 26, 49, 50, 69, 70, 399, 494 N°5 del Código Penal; artículos JPCVXLSEJM Leticia Andrea Rivera Reyes Juez de garantía Fecha: 20/12/2021 12:55:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 5 y 9 de la ley 20.066 y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395, se resuelve: I.- Que se CONDENA a GONZALO FRANCISCO HUENCHULEO AGUAYO, ya individualizado, como autor del delito consumado de Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 13 de Octubre de 2017, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que se le condena además a la pena accesoria de la letra b, del artículo 9 de la ley 20.066, por el lapso de 1 año, esto es la prohibición de acercarse a la victima de éstos hechos, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio o cualquier lugar en que esta se encuentre. III.- Que la multa impuesta se convierte por UN día de reclusión y se le da por cumplida por el tiempo que ha pasado

Texto Completo (Preview)

RIT : 9092 - 2017 RUC : 1700964371-0 MATERIA : Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 y 494 N°5 del Código Penal. IMPUTADO : GONZALO FRANCISCO HUENCHULEO AGUAYO CÉDULA DE IDENTIDAD : 19.196.798-4 DOMICILIO : LUGAR RENANCO DE LABRANZA, Temuco. ATENUANTES : Artículo 11 N°6 del Código Penal AGRAVANTES : No concurren. SENTENCIA EN PROC

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