14º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ JOSÉ TOMÁS ALVARADO CABRERA

Rol

O-9521-2020

Fecha

9 de diciembre de 2021

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°), TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: En virtud de una investigación de la Fiscalía de Macul-Peñalolén, se recabaron los antecedentes necesarios para determinar la existencia de una agrupación de sujetos, entre los cuales se encontraba el imputado ya individualizado, quienes se dedicaban a la venta, guarda, acopio, cultivo y dosificación, principalmente de cannabis sativa. Utilizando técnicas investigativas contempladas en la ley 20.000. El día 25 de noviembre de 2020, alrededor de las 13:58 horas funcionarios policiales de manera discreta y efectuando vigilancias concurrieron a la plaza ubicada Avda. José Miguel Carrera esquina calle Cerro Abanico de la comuna de La Florida, donde concurrieron previamente concertados esta agrupación de sujetos para la comercialización de drogas, donde se detuvo al imputado que portaba en el cinto del pantalón un arma de fuego, consistente en una pistola a fogueo con 3 proyectiles en su cargador y uno en recamara, arma apta y adaptada para efectuar disparos. En ese contexto, a las 14:04 horas y en virtud de una orden de entrada y registro emanada del 13° JG, funcionarios policiales ingresaron al inmueble ubicado en Pasaje Chonchi 1504, Villa San María de La Estrella, Comuna de La Florida, distante a escasos metros de donde se produjeron las detenciones y lugar donde los imputados junto con el resto de la banda delictual utilizan como lugar de acopio, cultivo y dosificación de droga. En ese contexto, al registro del inmueble, se encontró en el living comedor una balanza digital y sobre ella seis bolsas de nylon que en total pesaron la cantidad de 1.583 gramos de cannabis sativa. En opinión del Ministerio Público dicho hecho constituye el delito de Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 en relación al artículo 1, ambos de la ley 20.000.- en grado de desarrollo consumado, y el delito de porte de arma de fuego prohibida previsto y sancionado en el artículo 3 y en relación al art.14 de la Ley 17.978 de

Fallo

SE DECLARA: I. Se condena CLAUDIO NICOLÁS CORALES LEAL, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de tres unidades tributarias mensuales, como autor de un delito de tráfico ilícito de drogas, en grado de consumado, previsto en el artículo 3 de la ley 20.000, perpetrado en esta jurisdicción, el día 25 de noviembre de 2020, sin costas. II. Se condena CLAUDIO NICOLÁS CORALES LEAL, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de porte ilegal de arma de fuego, en grado de consumado, previsto en los artículos 2 y 9 de la ley 17.798, perpetrado en esta jurisdicción, el día 25 de noviembre de 2020, sin costas III. Reuniéndose los requisitos de la Ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la libertad vigilada intensiva, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de un delegado de Gendarmería de Chile por el tiempo de ambas condenas, conforme al plan de intervención individual que se elaborará en su oportunidad. En caso de revocación de la pena sustitutiva, el sentenciado deberá cumplir efectivamente la pena corporal impuesta, la que se contará desde que se prese

Texto Completo (Preview)

Santiago, a nueve de diciembre de dos mil veintiuno. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo acusación verbal en procedimiento abreviado en contra CLAUDIO NICOLÁS CORALES LEAL, cédula de identidad: 0017663537- 1, domiciliado en Calle Los Suspiros N° 16268, Casa Nº 300, San Bernardo, por los siguientes hechos: En virtud de una investigación de la Fiscalía de Macul-Peñalolén, se recabaron los ant

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica