8º Juzgado de Garantía de Santiago

DANIEL ALFONSO LOPEZ ROJAS C/ RODRIGO ANDRÉS JUL REYES

Rol

O-6452-2020

Fecha

25 de noviembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., MALTRATO DE OBRA PERSONAL INVESTIGACIONES CON O SIN LESIONES, NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: El día 23 de agosto de 2020, aproximadamente a las 23:15 horas, el imputado ya individualizado, conducía en estado de ebriedad el vehículo, automóvil, marca Mazda, modelo 3 Sport, placa patente única CZWW-86, y al llegar a la intersección de calle Avenida Providencia con calle Miguel Claro, en la comuna de Providencia, Santiago, es observado por funcionarios policiales en los momentos en que no respetó la luz roja de semáforo que enfrentaba en el lugar, como asimismo la luz roja de semáforo que enfrentó en calle Avenida Manuel Montt. Momentos después los funcionarios policiales intentan fiscalizar al imputado en calle Doctor Manuel Barros Borgoño, oportunidad en la cual éste, al percatarse de la presencia policial, se da a la fuga conduciendo el ya mencionado vehículo por distintas arterias, a gran velocidad y no respetando los semáforos en rojo que enfrentaba, hasta llegar a un portón de ingreso de automóviles ubicado en calle Enrique Nercasseau, lugar en el cual los funcionarios policiales logran su detención, agrediendo el imputado al Comisario de la Policía de Investigaciones de Chile, en esos momentos en el ejercicio de sus funciones, don Víctor Manuel Hurtado Martínez, ocasionándole a este lesiones de carácter leves consistentes en “excoriación en dorso de mano izquierda lateral a la quinta articulación meta carpo falángica de aproximadamente 2 centímetros de diámetro con hemorragia detenida costrosa sobre base eritematosa y leve aumento de volumen”. Al proceder a fiscalizar al imputado, los funcionarios policiales se pudieron percatar que éste se encontraba conduciendo en manifiesto estado de ebriedad. Hecho que constó a los funcionarios policiales, debido al hálito alcohólico, rostro congestionado, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar del requerido ya individualizado, negándose éste injustificadamente a la práctica del respectivo examen respiratorio intoxilyzer. Posteriormente, el imputado se negó injustificadamente a la práctica del r

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público requirió en procedimiento simplificado a RODRIGO ANDRÉS JUL REYES, cédula de identidad Nº 13.551.875-1, domiciliado en Calle Josue Smith Solar N°528, DPTO. Nº 909, Providencia, por los siguientes hechos: El día 23 de agosto de 2020, aproximadamente a las 23:15 horas, el imputado ya individualizado, conducía en estado de ebriedad el vehículo, automóvil, marca Mazda, modelo 3 Sport, placa patente única CZWW-86, y al llegar a la intersección de calle Avenida Providencia con calle Miguel Claro, en la comuna de Providencia, Santiago, es observado por funcionarios policiales en los momentos en que no respetó la luz roja de semáforo que enfrentaba en el lugar, como asimismo la luz roja de semáforo que enfrentó en calle Avenida Manuel Montt. Momentos después los funcionarios policiales intentan fiscalizar al imputado en calle Doctor Manuel Barros Borgoño, oportunidad en la cual éste, al percatarse de la presencia policial, se da a la fuga conduciendo el ya mencionado vehículo por distintas arterias, a gran velocidad y no respetando los semáforos en rojo que enfrentaba, hasta llegar a un portón de ingreso de automóviles ubicado en calle Enrique Nercasseau, lugar en el cual los funcionarios policiales logran su detención, agrediendo el imputado al Comisario de la Policía de Investigaciones de Chile, en esos momentos en el ejercicio de sus funciones, don Víctor Manuel Hurtado Martínez, ocasionándole a este lesiones de carácter leves consistentes en “excoriación en dorso de mano izquierda lateral a la quinta articulación meta carpo falángica de aproximadamente 2 centímetros de diámetro con hemorragia detenida costrosa sobre base eritematosa y leve aumento de volumen”. Al proceder a fiscalizar al imputado, los funcionarios policiales se pudieron percatar que éste se encontraba conduciendo en manifiesto estado de ebriedad. Hecho que constó a los funcionarios policiales, debido al hálito alcohólico, rostro congestionado, inestabilidad al caminar e incoherencia al hablar del requerido ya individualizado, negándose éste injustificadamente a la práctica del respectivo examen respiratorio intoxilyzer. Posteriormente, el imputado se negó injustificadamente a la práctica del respectivo examen de alcoholemia. Se expresa que éstos hechos constituyen los delitos de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, prescrito y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290, en relación al artículo 110 inciso 2° y artículo 111, todos del mismo cuerpo legal, el ILÍCITO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 195 BIS INCISO 1° DE LA LEY N ° 18.290, el delito de MALTRATO DE OBRA A MIEMBROS DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE EN EL EJERICIO DE SUS FUNCIONES, OCASIONANDO LESIONES LEVES, prescrito y sancionado en el artículo 17 bis N ° 4 de la Ley N ° 2460, todos en grado de desarrollo de consumado, atribuyendosele participación en calidad de DQVGXJXEZM MARLYS EILEEN WELSCH CHAHUAN Juez de garantía Fecha: 14/12/2021 10:00:08 ESTE DOCUME

Fallo

por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 números 6 y 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70 del Código Penal; 110, 11, 195, 195 bis y 196 de la Ley 18.290; 17 bis N ° 4 de la Ley N ° 2460; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y, 3 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que, se condena a RODRIGO ANDRÉS JUL REYES, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, al pago de una multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a la suspensión de su licencia de conducir por el termino de Dos años, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad objeto de este DQVGXJXEZM MARLYS EILEEN WELSCH CHAHUAN Juez de garantía Fecha: 14/12/2021 10:00:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl requerimiento, perpetrado en la comuna de Providencia el día 23 de agosto de 2020. Que, se abona al periodo de suspensión de licencia de conducir se abona el tiempo en que la

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Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público requirió en procedimiento simplificado a RODRIGO ANDRÉS JUL REYES, cédula de identidad Nº 13.551.875-1, domiciliado en Calle Josue Smith Solar N°528, DPTO. Nº 909, Providencia, por los siguientes hechos: El día 23 de agosto de 2020, aproximadamente a las 23:15 horas, el imputado

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