MINISTERIO PUBLICO C/ MIGUEL ANGEL MUÑOZ RIVEROS
Rol
O-1930-2021
Fecha
16 de noviembre de 2021
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: HECHOS: El día 10 de marzo de 2021 a las 20:20 horas aproximadamente el acusado MIGUEL ÁNGEL MUÑOZ RIVERO concurrió, en estado de ebriedad, e intentó ingresar hasta el domicilio de su ex conviviente doña Noelia del Carmen Águila Fernández, ubicado en pasaje Panguimapu N° 2618, Osorno. Esta conducta la realizó el acusado Sr. MUÑOZ RIVERO no obstante tener a su respecto la prohibición de aproximarse a doña Noelia del Carmen Águila Fernández, a su domicilio y a cualquier lugar donde esta se encuentre, ello por sentencia condenatoria dictada el 07 de enero de 2021 en causa RIT 4035-2020 del Juzgado de Garantía de Osorno, notificada personalmente al acusado el día en que fue decretada y vigente al día de estos hechos. Que la parte expositiva y considerativa se encuentran consignadas en el registro de audio correspondiente, conforme los artículos 39 y 41 del Código Procesal Penal, 29 inciso final y 62 inciso 3° y 5° del Auto Acordado contenido en Acta 71-2016 de la Excma. Corte Suprema; siendo la resolutiva del siguiente tenor: Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 25, 30, 50, 67, 68 bis, 69, todos del Código Penal; artículo 240 del Código de Procedimiento Civil en relación al 10 de la ley 20.066; artículos 297, 340 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: XXBXXFRKS Marcelo Arturo Klagges Lopez Juez de garantía Fecha: 10/12/2021 15:45:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Que SE CONDENA a MIGUEL ANGEL MUÑOZ RIVEROS Cédula de Identidad N° 9877873-K, de profesión u oficio jardinero, c
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 25, 30, 50, 67, 68 bis, 69, todos del Código Penal; artículo 240 del Código de Procedimiento Civil en relación al 10 de la ley 20.066; artículos 297, 340 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: XXBXXFRKS Marcelo Arturo Klagges Lopez Juez de garantía Fecha: 10/12/2021 15:45:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Que SE CONDENA a MIGUEL ANGEL MUÑOZ RIVEROS Cédula de Identidad N° 9877873-K, de profesión u oficio jardinero, con domicilio en Kansas 50 Purranque; por su participación de autor (es) en el (los) delito(s) de desacato, en grado de ejecución consumado (s), perpetrado(s) con fecha 10 de marzo de 2021, en la comuna de Osorno; a las siguientes penas: a- A la corporal de doscientos cincuenta días de reclusión menor en su grado mínimo. b- A las accesorias del artículo 30 del Código Penal. c- Que no se condena en costas por cuanto al haber admitido responsabilidad en los hechos investigados, se evitó la realización de un juicio oral y se causó una economía al erario fiscal. d- A la
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simplificado : SENT DEFINITIVA RIT : 1930 – 2021 RUC : 2100231179-5 MATERIA : DESACATO. IMPUTADO : MIGUEL ANGEL MUÑOZ RIVERO Osorno, a dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: HECHOS: El día 10 de marzo de 2021 a las 20:20 horas aproximadamente el acusado MIGUEL ÁNGEL MUÑOZ RIVERO concurrió, en estado de ebriedad, e intentó ingresar hasta el domicilio de su
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