Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA PUB AFTA C/ RENÉ AURELIO CAMPOS CAMPOS

Rol

O-244-2021

Fecha

6 de diciembre de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los días treinta de noviembre y uno de diciembre pasados, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los jueces doña Claudia Solange Lewin Arroyo, quien presidió, doña Patricia Leonor Alvarado Padilla y doña Paula Lorena Ortiz Saavedra, se llevaron a efecto, a través de videoconferencia, mediante la Plataforma Zoom, las audiencias del juicio oral correspondientes a la causa RUC No 2100009067-8, RIT Nº 244-2021, seguida en contra de los acusados NICOLÁS ANDRÉS DÍAZ GUERRERO, chileno, RUN N° 21.090.473-5, nacido en Antofagasta el 5 de agosto de 2002, 19 años de edad, soltero, técnico mecánico, con domicilio en calle Huasco N° 491, Población El Golf, de Antofagasta; y RENÉ AURELIO CAMPOS CAMPOS, chileno, RUN N° 15.386.776-3, nacido en Colina el 18 de noviembre de 1988, 33 años de edad, soltero, comerciante, con domicilio en pasaje N° 16, casa N° 761, Población La Copa, comuna Colina, de Santiago y, para estos efectos, en el domicilio de su defensor. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal, abogado don Rodrigo Cusó Segura, en tanto que la defensa del enjuiciado Campos Campos, estuvo a cargo del abogado de la Defensoría Penal Pública, don Hugo León Saavedra y, la defensa del encausado Díaz Guerrero, estuvo a cargo del abogado privado, don Marcelo Naranjo Márquez. Paula Lorena Ortiz Saavedra Juez Redactor Fecha: 07/12/2021 15:04:15 Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Integrante Fecha: 08/12/2021 11:16:51 CTKMXXDHXB Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Presidente Fecha: 09/12/2021 11:34:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 SEGUNDO: Que, los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenida en el auto de apertura del juicio oral de fecha 7 de julio de 2021, proveniente del Juzgado de Garantía de Antofagasta, son los siguientes: “El día 05 de enero de 2021, en horas de la madrugada, el imputado Rene Campos Campos, junto a otros sujetos, previamente concertados, llegaron hasta el inmueble ubicado en calle Luis Silva Lezaeta N° 0209 de esta ciudad, de propiedad de la víctima B.D.C.S.R., procediendo el imputado Rene Campos Campos a ingresar al inmueble, mientras que otros imputados no identificados, quedaron afuera en labores de vigilancia, para lo cual, escaló el cierre perimetral para llegar hasta el antejardín para posteriormente por una ventana ingresar hacia el interior del domicilio procediendo a sustraer un reloj y 01 notebook, con las especies en su poder los imputados se retiran del lugar. Posteriormente, Carabineros sorprende a los imputados Rene Campos y Luis Offe

Fallo

Por estas consideraciones y, de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1°, 11 Nos 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 26, 28, 30, 47, 50, 57, 432, 440 Nº 1, 449, 456 bis A del Código Penal; 1°, 4°, 36, 45, 46, 47, 281, 295, 296, 297, 309, 319, 323, 325, 326, 328, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; e Instrucciones del Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Reforma Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE ABSUELVE, a los acusados RENÉ AURELIO CAMPOS CAMPOS y NICOLÁS ANDRÉS DÍAZ GUERRERO, ya individualizados, de los cargos formulados en sus contras por el Ministerio Público, como autores del delito consumado previsto en el artículo 318 del Código Penal, supuestamente cometido en Antofagasta, con fecha 5 de enero de 2021.- II.- Que, no se condena al Ministerio Público, al pago de las costas de la causa en relación con el delito referido en el Paula Lorena Ortiz Saavedra Juez Redactor Fecha: 07/12/2021 15:04:15 Patricia Leonor Alvarado Padilla Juez Integrante Fecha: 08/12/2021 11:16:51 CTKMXXDHXB Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Presidente Fecha: 09/12/2021 11:34:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccide

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1 Antofagasta, lunes seis de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los días treinta de noviembre y uno de diciembre pasados, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, integrada por los jueces doña Claudia Solange Lewin Arroyo, quien presidió, doña Patricia Leonor Alvarado Padilla y doña Paula Lorena Ortiz Saavedra, se llevaron a efecto, a t

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