Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

JUAN LUIS CABRERA DURAN C/ GASTÓN FRANCISCO MUÑOZ RUZ

Rol

O-422-2021

Fecha

7 de diciembre de 2021

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que siguen: El día 26 de Septiembre de 2019 a las 21:35 horas aproximadamente, en circunstancias que personal policial efectuaba patrullajes preventivos en la intersección de la ruta A-16 con Av. Circunvalación de la comuna de Alto Hospicio, procedieron a fiscalizar al conductor del vehículo Station Wagon, marca Nissan, modelo Tilda, placa patente única HKTW.33, el acusado Gastón Francisco Muñoz Ruz, percatándose que este, no registraba licencia de conducir y se encontraba en bajo la influencia de sustancias sicotrópicas, por su estado confuso, dilatación o contracción de las pupilas y lenguaje desconectado o habla inconexa, por tanto se procedió a un examen toxicológico respectivo, el que arrojó que el acusado conducía con Ácido 11-NOR-D9-THC-CARBOXILICO en cantidad de 40 ng/ml de marihuana en la sangre, en virtud del informe toxicológico N°272/2019, emitido por el Servicio Médico Legal, por lo que se procedió a su detención. El acusador calificó estos hechos como constitutivos del delito de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia de sustancias estupefacientes y sicotrópicas, previsto y sancionado en los artículos 196, en relación al 110, ambos de la Ley 18.290, en el que el acusado intervino como autor directo e inmediato, quien además, conducía sin haber obtenido licencia de concurrir, por lo que, al no concurrir causales que puedan modificar su responsabilidad criminal, y ser aplicable lo dispuesto en el artículo 209 de la citada ley, solicitó la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, multa de 5 unidades tributarias mensuales y la prohibición de obtener licencia de conducir por dos años, con las accesorias legales y el pago de las costas del procedimiento. XNXSXHTJSS Juan Ramon Ibacache Cifuentes Juez oral en lo penal Fecha: 07/12/2021 14:29:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualiz

Fundamentos

considerando: Primero: Tribunal e intervinientes. El tres de diciembre del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces Franco Repetto Contreras, presidente de sala, Francisco Berrios Veloso (subrogante), y Juan Ibacache Cifuentes, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa R.I.T. 422-2021, RUC 1901044524-0, seguida por el Ministerio Público, representado el fiscal Maximiliano Mariángel Puga, en contra del acusado Gastón Francisco Muñoz Ruz, chileno, cédula de identidad N° 16.866.050-2, nacido el 18 de julio de 1988, 33 años, segundo medio, soldador, con domicilio en avenida Castro Block 8, Departamento 304, Condominio Santa Rosa, La Negra, comuna de Alto Hospicio, representado por el abogado Jean Paul Galté Montero. Segundo: Acusación del Ministerio Público. El Ministerio Público basó su acusación, según se lee en la resolución de apertura de este juicio oral en los hechos que siguen: El día 26 de Septiembre de 2019 a las 21:35 horas aproximadamente, en circunstancias que personal policial efectuaba patrullajes preventivos en la intersección de la ruta A-16 con Av. Circunvalación de la comuna de Alto Hospicio, procedieron a fiscalizar al conductor del vehículo Station Wagon, marca Nissan, modelo Tilda, placa patente única HKTW.33, el acusado Gastón Francisco Muñoz Ruz, percatándose que este, no registraba licencia de conducir y se encontraba en bajo la influencia de sustancias sicotrópicas, por su estado confuso, dilatación o contracción de las pupilas y lenguaje desconectado o habla inconexa,

Fallo

por tanto se procedió a un examen toxicológico respectivo, el que arrojó que el acusado conducía con Ácido 11-NOR-D9-THC-CARBOXILICO en cantidad de 40 ng/ml de marihuana en la sangre, en virtud del informe toxicológico N°272/2019, emitido por el Servicio Médico Legal, por lo que se procedió a su detención. El acusador calificó estos hechos como constitutivos del delito de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia de sustancias estupefacientes y sicotrópicas, previsto y sancionado en los artículos 196, en relación al 110, ambos de la Ley 18.290, en el que el acusado intervino como autor directo e inmediato, quien además, conducía sin haber obtenido licencia de concurrir, por lo que, al no concurrir causales que puedan modificar su responsabilidad criminal, y ser aplicable lo dispuesto en el artículo 209 de la citada ley, solicitó la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, multa de 5 unidades tributarias mensuales y la prohibición de obtener licencia de conducir por dos años, con las accesorias legales y el pago de las costas del procedimiento. XNXSXHTJSS Juan Ramon Ibacache Cifuentes Juez oral en lo penal Fecha: 07/12/2021 14:29:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G

Texto Completo (Preview)

1 Iquique, siete de diciembre de dos mil veintiuno. Visto, oído los intervinientes y considerando: Primero: Tribunal e intervinientes. El tres de diciembre del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrada por los jueces Franco Repetto Contreras, presidente de sala, Francisco Berrios Veloso (subrogante), y Juan Ibacache Cifuentes, se llevó a efecto la au

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