Juzgado de Garantía de Angol.

MINISTERIO PUBLICO C/ JAIME ANTONIO INOSTROZA FUENTES

Rol

O-2703-2020

Fecha

6 de diciembre de 2021

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8., POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ocurridos en la comuna de Renaico, el día 16 de diciembre de 2020, como autor directo del delito consumado de cultivo de especies vegetales del genero cannabis, a sufrir la pena DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, a una multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual y al comiso y destrucción de las especies vegetales incautadas. Así mismo, se le condena por los hechos previamente señalados, como autor directo del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego, a sufrir la pena DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Determínese la huella genética del sentenciado JAIME ANTONIO INOSTROZA FUENTES, respecto del delito de tenencia ilegal de arma de fuego, a través de la toma de muestras correspondientes, e inclúyase en el Registro de Condenados contemplado en la Ley 19.970. III.- Que al no reunirse en la especie los requisitos exigidos por el legislador en la Ley Nº 18.216, las penas privativas de libertad impuestas, serán de cumplimiento efectivo en el Centro de Detención que determine Gendarmería de Chile, sirviéndole de abono al sentenciado, los días que ha estado privado de libertad en esta causa, por estar detenido y sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva desde el día 16 de diciembre de 2020 a la fecha de la presente sentencia, contabilizándose un total de 354 días en razón de lo que se dirá en el

Fundamentos

CONSIDERANDO: En mérito de las consideraciones y disposiciones legales que han quedado consignadas en el registro de audio de la presente audiencia,

Fallo

se declara: I.- Que se condena a don JAIME ANTONIO INOSTROZA FUENTES, cédula de identidad N° 09.028.581-5, ya individualizado, por los hechos ocurridos en la comuna de Renaico, el día 16 de diciembre de 2020, como autor directo del delito consumado de cultivo de especies vegetales del genero cannabis, a sufrir la pena DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, a una multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual y al comiso y destrucción de las especies vegetales incautadas. Así mismo, se le condena por los hechos previamente señalados, como autor directo del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego, a sufrir la pena DE TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Determínese la huella genética del sentenciado JAIME ANTONIO INOSTROZA FUENTES, respecto del delito de tenencia ilegal de arma de fuego, a través de la toma de muestras correspondientes, e inclúyase en el Registro de Condenados contemplado en la Ley 19.970. III.- Que al no reunirse en la especie los requisitos exigidos por el legislador en la Ley Nº 18.216, las penas privativas de libertad impuestas, serán de cu

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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Angol, seis de diciembre de dos mil veintiuno Magistrado DANIEL ROLANDO RIQUELME FERNÁNDEZ Fiscal ENRIQUE VASQUEZ Defensor particular JOSÉ RICARDO TRAIPE SEPÚLVEDA Hora inicio 10:36AM Hora termino 12:24AM Sala Sala N°1 Tribunal Juzgado de Garantía de Angol. Acta Susana Castillo Altamirano RUC 2001260808-0 RIT 2703 - 2020 NOMBRE IM

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