Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio.

MP C/ CARLOS GREGORIO MARÍN TRIVIÑO

Rol

O-215-2020

Fecha

6 de diciembre de 2021

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 22 de noviembre del 2019, a las 21:40 horas aproximadamente, en la calle Gregorio Mira en intersección con Bombero Molina, comuna de San Antonio, el imputado CARLOS GREGORIO MARÍN TRIVIÑO fue sorprendido por Carabineros teniendo 10 pijamas de dos prendas para niños de 24 meses, marca Chess Baby, avaluados todos en $79.900 KESQXHQZCE Daniela del Pilar Herrera Faundez Juez oral en lo penal Fecha: 06/12/2021 13:16:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 (setenta y nueve mil novecientos pesos), que mantenían adheridos sensores de seguridad y etiquetas de la tienda La Polar. Estas especies, el imputado las mantenía conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la misma, las cuales habían sido sustraídas desde la multitienda La Polar, ubicada en Barros Luco Nro.105 el día 21 de noviembre de 2019”. Estos hechos, a juicio del acusador, configuran el delito de receptación, ilícito previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 456 bis A del Código Penal; en grado de desarrollo consumado, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad con el artículo 15 N° 1 del Código Penal. El Ministerio Público señala que concurre la circunstancia agravante de reincidencia específica del artículo 12 N° 16 del Código Penal. Por todo lo anterior y previas citas legales, el acusador fiscal requiere que se imponga al acusado la pena de de cinco años de presidio menor en su grado máximo, multa de veinte Unidades Tributarias Mensuales, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio públi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha uno de diciembre de dos mil veintiuno, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, presidida por el juez don Alejandro González Rodríguez e integrada, además, por los magistrados don Manuel Vergara Esparta y doña Daniela Herrera Faúndez, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral RIT N° 215-2020, seguido en contra de CARLOS GREGORIO MARÍN TRIVIÑO, cédula nacional de identidad 18.533.298-5, 33 años, nacido el 3 de febrero de 1988, natural de Santiago, chileno, trabajador de camiones de basura, en situación de calle, con forma especial de notificación al teléfono N° 0971727918. El presente juicio oral se desarrolló, en atención al estado de emergencia nacional actual y pandemia mundial provocada por el coronavirus y a fin de evitar la propagación de dicha enfermedad, mediante un sistema mixto desarrollado mediante conexión por video conferencia –fiscal, defensora, acusado y jueces- y de comparecencia personal en dependencias del Tribunal –testigos y funcionarios de turno-, lo cual fue resuelto en audiencia incidental previa, adoptándose, en todo caso, las medidas tendientes a resguardar los derechos de todos los intervinientes, establecidos en la Constitución Política y en las Leyes de la República. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público de San Antonio, representado por el fiscal adjunto don Juan Carlos Catalán Aracena, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. La defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal público doña Isabel Rodríguez Orellana, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que los hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación son los siguientes: “El día 22 de noviembre del 2019, a las 21:40 horas aproximadamente, en la calle Gregorio Mira en intersección con Bombero Molina, comuna de San Antonio, el imputado CARLOS GREGORIO MARÍN TRIVIÑO fue sorprendido por Carabineros teniendo 10 pijamas de dos prendas para niños de 24 meses, marca Chess Baby, avaluados todos en $79.900 KESQXHQZCE Daniela del Pilar Herrera Faundez Juez oral en lo penal Fecha: 06/12/2021 13:16:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 (setenta y nueve mil novecientos pesos), que mantenían adheridos sensores de seguridad y etiquetas de la tienda La Polar. Estas especies, el imputado las mantenía conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la misma, las cuales habían sido sustraídas desde la multitienda La Polar, ubicada en Barros Luco Nro.105 el día 21 de noviembre d

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 26, 30, 50, 68, 69 y 456 bis A del Código Penal; artículos 1°, 2º, 45, 46, 47, 295, 296, 297, 323, 325 a 338, 340, 341, 342 y 344 del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a CARLOS GREGORIO MARÍN TRIVIÑO, cédula nacional de identidad 18.533.298-5, como AUTOR del ilícito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de CONSUMADO, cometido el día 22 de noviembre de 2019 en la comuna de San Antonio, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la pena de MULTA DE CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que en cuanto a la pena de multa impuesta, se dará por cumplida con 15 días de los 76 días de abono que registra, al haber permanecido privado de libertad con ocasión de estos hechos, según consta en certificado de ministro de fe de esta fecha. III.- Que no siendo posible respecto del sentenciado Marín Triviño la aplicación de ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley 18.216, atendida las condenas previas que registra en su extracto de filiación y antecedentes y lo razonado en el motivo decimocuarto de este fallo, deberá cumplir la pena corporal impuesta de MANERA REAL Y EFECTIVA, pena que se dará por cumplida con igual tiempo que ha permanecido privado de li

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1 MINISTERIO PÚBLICO DE SAN ANTONIO / CARLOS GREGORIO MARÍN TRIVIÑO RECEPTACIÓN R.U.C. 19 01 26 68 31 - K R.I.T. 215 - 2020 SAN ANTONIO, seis de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha uno de diciembre de dos mil veintiuno, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, presidida por el juez don Alejand

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