Juzgado de Garantía de La Calera.

MMPP C/ JOHNATAN JIMY SILVA VILLANUEVA

Rol

O-2577-2019

Fecha

10 de noviembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 16 de noviembre de 2019, aproximadamente a las 15:20 horas, el requerido JOHNATAN JIMY SILVA VILLANUEVA conducía en manifiesto estado de ebriedad el automóvil marca Chevrolet, modelo Spark Lite, color verde metálico, año 2012, P.P.U. DWFK-37, por calle Iquique en dirección de poniente a oriente y al llegar a la intersección con calle Marathon, producto del estado de ebriedad en que se desempeñaba, no se percató que el automóvil marca Chevrolet, modelo Sail, color blanco, P.P.U. CXJS-52 que lo antecedía y en que se desplazaban Vicente Enrique Arturo Cotroneo Valencia y Aracelly Monserrat Gonzalez Quiroz, detuvo su marcha en la referida intersección atendida la existencia de un disco pare en el lugar, colisionándolo por su parte posterior, causándole daños en su estructura, resultando también producto de la colisión con lesiones leves las víctima Aracelly Monserrat Gonzalez Quiroz. Al lugar de la colisión arribó personal de Carabineros, quienes se percataron del estado de ebriedad del requerido, practicándole una prueba respiratoria que arrojó como resultado una concentración de 1,95 gramos por mil de alcohol en la sangre. Posteriormente el estado de ebriedad del requerido fue confirmado por su examen de alcoholemia que arrojó como resultado una concentración de 2,18 gramos por mil de alcohol en la sangre. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 5. 7, 11 Nº 9, 15 N° 1, 30, 50, del Código Penal; y 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 18.290, se declara: I.- Que se condena a JOHNATAN JIMY SILVA VILLANUEVA, cédula de identidad N° 0012601848-7, ya individualizado, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a una multa de un tercio unidad tributaria mensu

Fallo

se declara: I.- Que se condena a JOHNATAN JIMY SILVA VILLANUEVA, cédula de identidad N° 0012601848-7, ya individualizado, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a una multa de un tercio unidad tributaria mensual, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de 5 años, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y lesiones leves, cometido con fecha 16 de noviembre de 2019, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. TLXXXHFCQC Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 06/12/2021 11:46:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que la pena pecuniaria impuesta, se tendrá por cumplida con el día que estuvo privado de libertad, según consta en audiencia del día 17 de noviembre del año 2019. III.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se sustituye la pena impuesta por la reclusión parcial. Atendido que la Defensa n

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, diez de noviembre de dos mil veintiuno Hechos: El día 16 de noviembre de 2019, aproximadamente a las 15:20 horas, el requerido JOHNATAN JIMY SILVA VILLANUEVA conducía en manifiesto estado de ebriedad el automóvil marca Chevrolet, modelo Spark Lite, color verde metálico, año 2012, P.P.U. DWFK-37, por calle Iquique en dirección de poniente a orient

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