6º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ VÍCTOR ANTONIO GUTIÉRREZ LIZAMA

Rol

O-117-2021

Fecha

6 de diciembre de 2021

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: 25 “Con fecha 31 de julio del 2019 siendo aprox. las 17:15 horas en la 26 intersección de Llano Subercaseaux con Alcalde Pedro Alarcón en San Miguel el 27 imputado VICTOR ANTONIO GUTIERREZ LIZAMA conducía a sabiendas el 28 vehículo motorizado tipo taxi básico, colores reglamentarios amarillo con negro, 29 marca Toyota, PPU FDZT-38; conducción que empeñaba a sabiendas que lo 30 FRANCOISE GERMAINE GIROUX MARDONES Juez Redactor Fecha: 06/12/2021 13:54:38 FXFKXHMTZE LAURA CECILIA TORREALBA SERRANO Juez Integrante Fecha: 06/12/2021 14:16:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 hacía portando licencia falsa supuestamente emitida por la I. Municipalidad de 1 Puente Alto de clase A2 y B, evidentemente falsa, debido al color de la impresión 2 que era más claro, las letras encontraban borrosas y la impresión de mala 3 calidad, además al ser expuesta a luz ultravioleta no mantenía fibrilla de color 4 negro y además al ser consultada hoja de vida del conductor no registraba 5 licencia de conducir vigente. Además de lo anterior conducía este vehículo 6 motorizado tipo taxi sin obtener jamás licencia debida para la conducción de 7 dicho vehículo.” 8 A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos 9 constituyen, los delitos de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO CON 10 LICENCIA FALSA del artículo 192 letra B de la ley 18.290 y CONDUCCIÓN DE 11 VEHÍCULO MOTORIZADO SIN LICENCIA PROFESIONAL REQUERIDA del 12 artículo 194 del mismo cuerpo normativo, ambos en grado de ejecución de 13 CONSUMADO, correspondiéndole al acusado VICTOR ANTONIO GUTIERREZ 14 LIZAMA, participación en calidad de autor de con

Fundamentos

CONSIDERANDO: 6 Que, el día treinta de noviembre del año en curso, ante esta Sala del Sexto 7 Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por el Magistrado 8 don José Manuel Rodríguez Guerra e integrada por las magistradas doña 9 Francoise Giroux Mardones, como jueza redactora y doña Laura Torrealba 10 Serrano, como tercera Jueza integrante, se llevó a efecto mediante video 11 conferencia en plataforma ZOOM, atendida la emergencia sanitaria, el estado de 12 catástrofe por pandemia de Covid-19 y lo dispuesto en el artículo 7, inciso 3° de 13 la Ley 21.226 y artículo 20 del Acta 53 de la Excelentísima Corte Suprema, el 14 Juicio Oral Rol Único de Causa N°1900818211-9, Rol interno del Tribunal 15 N°117-2021, seguido en contra de VICTOR ANTONIO GUTIERREZ LIZAMA, 16 cédula de identidad N° 15.535.099-7, 38 años, soltero, trabajador independiente, 17 con domicilio en calle María Arteaga 1107, Santiago, representado por el defensor 18 penal público Sebastián Gramsh Silva, con domicilio y forma de notificación 19 registrados en el Tribunal. 20 Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el Fiscal 21 Marcelo Apablaza Véliz, con domicilio y forma de notificación registrados en el 22 Tribunal. 23 PRIMERO: Que, el Ministerio Público al deducir acusación según se lee en 24 el auto de apertura del juicio oral, la fundó en los siguientes hechos: 25 “Con fecha 31 de julio del 2019 siendo aprox. las 17:15 horas en la 26 intersección de Llano Subercaseaux con Alcalde Pedro Alarcón en San Miguel el 27 imputado VICTOR ANTONIO GUTIERREZ LIZAMA conducía a sabiendas el 28 vehículo motorizado tipo taxi básico, colores reglamentarios amarillo con negro, 29 marca Toyota, PPU FDZT-38; conducción que empeñaba a sabiendas que lo 30 FRANCOISE GERMAINE GIROUX MARDONES Juez Redactor Fecha: 06/12/2021 13:54:38 FXFKXHMTZE LAURA CECILIA TORREALBA SERRANO Juez Integrante Fecha: 06/12/2021 14:16:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 hacía portando licencia falsa supuestamente emitida por la I. Municipalidad de 1 Puente Alto de clase A2 y B, evidentemente falsa, debido al color de la impresión 2 que era más claro, las letras encontraban borrosas y la impresión de mala 3 calidad, además al ser expuesta a luz ultravioleta no mantenía fibrilla de color 4 negro y además al ser consultada hoja de vida del conductor no registraba 5 licencia de conducir vigente. Además de lo anterior conducía este vehículo 6 motorizado tipo taxi sin obtener jamás licencia debida para la conducción de 7 dicho vehículo.” 8 A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos 9 constituyen, los deli

Fallo

por tanto, se incluyen en él todos aquéllos supuestos en 7 que, no siendo apreciable una relación de especialidad, subsidiariedad o 8 alternatividad, debe rechazarse no obstante el tratamiento concursal común 9 porque uno de los preceptos concurrentes regula un hecho que sólo puede 10 considerarse como accesorio o meramente acompañante, en sentido amplio, del 11 que regula el precepto principal y desplazante: los llamados actos anteriores, 12 propiamente acompañantes y posteriores copenados. Como señala Etcheberry II, 13 125, esto es lo que reconoce expresamente el legislador respecto del delito de 14 daños, al disponer el art. 488 que sólo se castigará cuando el hecho no pueda 15 considerarse constitutivo de otro delito que merezca mayor pena. Naturalmente, 16 al faltar el fundamento lógico de la relación que se trata, y depender ésta de 17 factores empíricos, resultará difícil decidir en cada caso la regla a aplicar, 18 presentándose una serie de supuestos limítrofes que no pueden ser determinados 19 a priori. (Matus, Jean. (2002). La teoría del concurso aparente de leyes penales y 20 el “resurgimiento” de la ley en principio desplazada. Revista de Derecho 21 (Coquimbo). 10.22199/S07189753.2002.0001.00002.) 22 DETERMINACIÓN DE LA PENA, FORMA DE CUMPLIMIENTO Y 23 ABONOS. 24 DECIMOTERCERO: Que en la audiencia del artículo 343 del Código 25 Procesal Penal el Ministerio Público incorporó el Extracto de filiación de Víctor 26 Antonio Gutiérrez Lizama el cual registra las siguien

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1 RIT 117-2021 1 RUC 1900818211-9 2 C/ VICTOR ANTONIO GUTIERREZ LIZAMA 3 4 Santiago, seis de diciembre de dos mil veintiuno. 5 VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: 6 Que, el día treinta de noviembre del año en curso, ante esta Sala del Sexto 7 Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por el Magistrado 8 don José Manuel Rodríguez Guerra e integrada por las magistradas doña 9 Francoise

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