MP C/ PAOLA ANDREA CABRERA GALLARDO
Rol
O-2850-2020
Fecha
4 de diciembre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Existiendo de las partes, renuncia a los recursos y plazos legales, dese cumplimiento inmediato a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 2850 - 2020 RUC 2000367078-4 Pronunciada por doña PAULINA NATALIA TAPIA LORCA, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Jpa. XXMQXGVFXX Paulina Natalia Tapia Lorca Juez de garantía Fecha: 04/12/2021 13:39:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-12-04T13:39:37-0300 Corte Suprema Paulina Natalia Tapia Lorca Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 432 y 442 N°2 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a PAOLA ANDREA CABRERA GALLARDO, RUN N°13.514.112-7, ya individualizada, como autora del delito frustrado de robo en lugar no habitado en perjuicio de la propiedad de don CESAR ANGULO MANQUEMILLA, cometido en Puerto Montt el día 09 de abril de 2020 a la PENA de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, la pena corporal impuesta se le tiene por cumplida con parte del tiempo en que se mantuvo con su libertad restringida en esta causa, como detenida y como sujeta a arresto domiciliario parcial (12 horas diarias) desde el 09 de abril de 2020 hasta el 06 de noviembre de 2020. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Existiendo de las partes, renuncia a los recursos y plazos legales, dese cumplimiento inmediato a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 2850 - 2020 RUC 2000367078-4 Pronunciada por doña PAULINA NATALIA TAPIA LORCA, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Jpa. XXMQXGVFXX Paulina Natalia Tapia Lorca Juez de garantía Fecha: 04/1
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, cuatro de diciembre de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 432 y 442 N°2 del Código Penal; artículos 45, 47, 29
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