C/ RICARDO JAVIER CABRERA SANCHEZ
Rol
O-331-2021
Fecha
4 de diciembre de 2021
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día 30 de noviembre del año en curso, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por las juezas doña Pamela Wulf Leal, en su calidad presidenta de sala; doña Carolina Paredes Arizaga como tercer integrante y doña María Leonor Fernández Lecanda como redactora, todas subrogando legalmente, se llevó a efecto en forma telemática vía plataforma zoom, la audiencia de juicio oral de la causa rol único de causa N°2.100.048.291- 6, rol interno del tribunal N°331-2021, seguida en contra de RICARDO JAVIER CABRERA SANCHEZ, cédula de Identidad Nº14.881.335-3, nacido en República Dominicana el 18 de enero de 1987, 35 años de edad, soltero, mueblista, domiciliado en Víctor Manuel 2145, departamento 8, comuna de Santiago, actualmente privado de libertad en Santiago Uno por otra causa. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por la fiscal doña Viviana Montenegro Ulloa y la defensa del imputado estuvo a cargo del abogado de la Defensoría Penal Pública, don Arturo Vergara, ambos con domicilio y forma notificación registrados en el tribunal. Que según consta en el auto de apertura del Juicio Oral, el Ministerio Público dedujo acusación por los siguientes hechos: “El día 16 de Enero de 2021, a las 14:50 horas, aproximadamente, en la puerta del local de máquinas de juegos, ubicado en calle Víctor Manuel N° 2159, Comuna de Santiago, el imputado RICARDO JAVIER CABRERA SÁNCHEZ, transfirió a cambio de dinero a Marcelo Alfredo Castro Hernández, 01 envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedor de clorhidrato de cocaína con un peso bruto de 1,3 gramos y a Manuel Antonio Parra Retamal, 01 envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedor de clorhidrato de cocaína con un peso bruto de 1,2 gramos. para posteriormente ingresar al local, donde fue sorprendido por funcionarios policiales manteniendo sobre la máquina frente a la cual se encontraba sentado, 08 envoltorios de papel blanco cuadriculado MARIA LEONOR DEL ROSARIO FERNANDEZ LECANDA Juez Redactor Fecha: 04/12/2021 14:07:22 CAROLINA ANDREA PAREDES ARIZAGA Juez Integrante Fecha: 05/12/2021 09:52:25 PXHEXGXVCY PAMELA MACARENA WULF LEAL Juez Presidente Fecha: 05/12/2021 14:07:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 contenedores de clorhidrato de cocaína con un peso bruto 9,8 gramos, además de mantener entre sus vestimentas la suma de $15.000 en dinero en efectivo producto de la venta de droga.” Los hechos anteriormente descritos constituyen, en opinión del Ministerio Público, un delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 4 en relación al art
Fallo
por tanto, del cúmulo de antecedentes referidos se desprende que al acusado, Cabrera Sánchez, le cupo una participación en calidad de MARIA LEONOR DEL ROSARIO FERNANDEZ LECANDA Juez Redactor Fecha: 04/12/2021 14:07:22 CAROLINA ANDREA PAREDES ARIZAGA Juez Integrante Fecha: 05/12/2021 09:52:25 PXHEXGXVCY PAMELA MACARENA WULF LEAL Juez Presidente Fecha: 05/12/2021 14:07:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 13 autor, en los términos del artículo 15 Nº1 del Código Penal, por haber intervenido en la ejecución del hecho de manera inmediata y directa. Y por último, como ya se ha razonado las declaraciones de los funcionarios de carabineros, a juicio del Tribunal, fueron coherentes, verosímiles e impresionaron veraces, las que unidas a las demás probanzas rendidas permitió adquirir la convicción de condena, ya que la prueba en su conjunto tuvo el estándar necesario y requerido por la ley para adoptar la decisión comunicada. DUODECIMO: Que, en la audiencia prevista en el artículo 343 del Código Procesal Penal, el Ministerio Público sostuvo que la acusada goza de conducta anterior irreprochable y para acreditarlo incorp
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1 R.U.C. N° 2.100.048.291-6 R.I.T. N° 331-2021 C/ RICARDO JAVIER CABRERA SANCHEZ. Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día 30 de noviembre del año en curso, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por las juezas doña Pamela Wulf Leal, en su calidad presidenta de sala; doña Carolina Paredes A
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