MILTON SEBASTIAN CANCINO JERIA C/ LORENZO MANUEL LAFFERTTE LAFFERTTE
Rol
O-7990-2019
Fecha
3 de diciembre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 15 de agosto del año 2018 en horas de la madrugada, el acusado LORENZO MANUEL LAFFERTE LAFFERTE, concurrió al domicilio ubicado en Avenida Copayapu Nro. 4424-A, de esta ciudad lugar donde vive y mora la victima Gladys Orellana Astorga y escaló el cierre perimetral que resguarda el inmueble haciendo ingreso hacia el interior de la casa y sustrajo diversas especies de propiedad de la víctima para luego darse a la figa del lugar”. SE DECLARA: I. Que se condena a LORENZO MANUEL LAFFERTTE LAFFERTTE, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR HABITADO, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el día 15 de agosto de 2018, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO – ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, ESTO ES, INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA DERECHOS POLÍTICOS Y LA DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA PARA CARGOS Y OFICIO PÚBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, Y AL REGISTRO DE SU HUELLA GENÉTICA (ADN). II. No concurriendo en la especie los requisitos para sustituir la pena impuesta en la presenta causa por alguna de las contempladas en la ley 18.216, deberá cumplir la pena de manera efectiva. III. Se ordena que pasen los antecedentes al Ministro de fe del Tribunal, para que certifique los abonos que el sentenciado mantiene, ya sea por control de detención, o por la medida cautelar decretada, debiendo descontarse para estos efectos los días informados como incumplidos por parte de Carabineros de Chile. IV. Para el registro de la huella genética el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó deberá realizar las coordinaciones con el Servicio Médico Legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970. V. Se EXIME del pago de las costas de la causa. VI. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la present
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a LORENZO MANUEL LAFFERTTE LAFFERTTE, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR HABITADO, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el día 15 de agosto de 2018, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO – ACCESORIAS DEL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, ESTO ES, INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA DERECHOS POLÍTICOS Y LA DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA PARA CARGOS Y OFICIO PÚBLICOS DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, Y AL REGISTRO DE SU HUELLA GENÉTICA (ADN). II. No concurriendo en la especie los requisitos para sustituir la pena impuesta en la presenta causa por alguna de las contempladas en la ley 18.216, deberá cumplir la pena de manera efectiva. III. Se ordena que pasen los antecedentes al Ministro de fe del Tribunal, para que certifique los abonos que el sentenciado mantiene, ya sea por control de detención, o por la medida cautelar decretada, debiendo descontarse para estos efectos los días informados como incumplidos por parte de Carabineros de Chile. IV. Para el registro de la huella genética el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó deberá realizar las coordinaciones con el Servicio Médico Legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970. V. Se EXIME del pago de las costas de la causa. VI. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Copiapó., tres de diciembre de dos mil veintiuno TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: MARJORIE GRACIELA MONTERO ARDILES RUC: 1800937479-1 RIT: 7990 - 2019 IMPUTADO: LORENZO MANUEL LAFFERTTE LAFFERTTE C.I. 0010582871-3 FECHA DE NAC. 13 de noviembre de 1969 DIRECCION Calle Zorraindo con Copayapu Nº S/N- FEN 964049799 CO
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