Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

MIN PUBLICO C/ ABELARDO ANDRÉS MUÑOZ GUTIÉRREZ

Rol

O-263-2021

Fecha

3 de diciembre de 2021

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 01 de octubre del año 2016, pasadas las 11:00 horas, el imputado Abelardo Andrés Muñoz Gutiérrez conducía en estado de ebriedad el automóvil marca Suzuki, modelo Alto, placa patente BDWD-74 por el sector de Avenida Borgoño en dirección al sur, a la altura de playa Negra y debido al estado en que se encontraba casi colisiona a otro vehículo conducido por un tercero, perdió el control del móvil y colisionó contra la solera del sector. Posteriormente fue detenido por carabineros constatando efectivamente el estado de ebriedad en que se encontraba. Se le practicó la prueba respiratoria resultando ésta de 1.38 gramos por litro de alcohol en LGDLXGRXLS Alejandro Patricio Palma Cid Juez Redactor Fecha: 03/12/2021 14:18:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 13 sangre. y al momento de ser detenido, señaló llamarse Ricardo Efraín Méndez Aldunce, dando la cédula de identidad 20.749.440-2, hecho que era falso, toda vez que se pudo constatar mediante la toma de huellas que su identidad es la de Abelardo Andrés Muñoz Gutiérrez. Al momento de ser controlado, el imputado, conducía sin haber obtenido licencia de conducir”. Los hechos antes descritos, a juicio del Ministerio Público, configurarían el delito de Conducción en estado de ebriedad en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 209 inciso segundo de la Ley de Tránsito, del mismo cuerpo legal, esto es, haber cometido los delitos previstos en los artículos 193 y 196 de la presente ley sin licencia de conducir,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes.- Que con fecha veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, integrada por el Juez Presidente de Sala don Manuel Muñoz Chamorro y por los jueces don Alonso Arancibia Rodríguez y don Alejandro Palma Cid, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral R.U.C: 1600927540-5, R.I.T: 263-2021, seguido en contra de Abelardo Andrés Muñoz Gutiérrez, cédula de identidad número 19.354.661- 7, natural de Arica, 25 años de edad, nacido el 29 de mayo de 1996, soltero, empleado de packing, domiciliado en Sector Itahue, El Peral Parcela Nº 9, Molina. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por su Fiscal don Pablo Bravo, la defensa fue asumida por la Defensora Penal Pública, abogada doña Cristian Sandoval Díaz, con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación Fiscal.- Que los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 01 de octubre del año 2016, pasadas las 11:00 horas, el imputado Abelardo Andrés Muñoz Gutiérrez conducía en estado de ebriedad el automóvil marca Suzuki, modelo Alto, placa patente BDWD-74 por el sector de Avenida Borgoño en dirección al sur, a la altura de playa Negra y debido al estado en que se encontraba casi colisiona a otro vehículo conducido por un tercero, perdió el control del móvil y colisionó contra la solera del sector. Posteriormente fue detenido por carabineros constatando efectivamente el estado de ebriedad en que se encontraba. Se le practicó la prueba respiratoria resultando ésta de 1.38 gramos por litro de alcohol en LGDLXGRXLS Alejandro Patricio Palma Cid Juez Redactor Fecha: 03/12/2021 14:18:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 13 sangre. y al momento de ser detenido, señaló llamarse Ricardo Efraín Méndez Aldunce, dando la cédula de identidad 20.749.440-2, hecho que era falso, toda vez que se pudo constatar mediante la toma de huellas que su identidad es la de Abelardo Andrés Muñoz Gutiérrez. Al momento de ser controlado, el imputado, conducía sin haber obtenido licencia de conducir”. Los hechos antes descritos, a juicio del Ministerio Público, configurarían el delito de Conducción en estado de ebriedad en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 209 inciso segundo de la Ley de Tránsito, del mismo cuerpo legal, esto es, haber cometido los delitos previstos en los artículos 193 y 196 de la presente ley sin licencia de conducir, en grado de desarrollo de los ilíci

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 del Código Penal; 1, 45, 47, 295, 296, 297, 306, 309, 323, 325, 326, 328, 333, 340, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; 110, 196 y 209 de la Ley 18.290, se declara que: I.- Se absuelve al acusado Abelardo Andrés Muñoz Gutiérrez, cédula de identidad número 19.354.661-7, ya individualizado, de la acusación que lo sindicaba como autor del delito de Conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 110 inciso 2° y 196 en relación al artículo 209 inciso 2° de la Ley N° 18.290, que se decía sorprendido en el sector de LGDLXGRXLS Alejandro Patricio Palma Cid Juez Redactor Fecha: 03/12/2021 14:18:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 13 de 13 Avenida Borgoño, a la altura de Playa Negra, Concón, el 01 de octubre de 2016, por no haberse acreditado el hecho punible. II.- Se condena en costas al Ministerio Público. III.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 347 del Código Procesal Penal, se dispone el alzamiento inmediato de las medidas cautelares persona

Texto Completo (Preview)

Página 1 de 13 DELITO : Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin licencia. RUC N° : 1600927540-5 RIT N° : 263-2021 ACUSADO : Abelardo Andrés Muñoz Gutiérrez. DEFENSOR PENAL : Cristian Sandoval Díaz. FISCAL : Pablo Bravo Soto. Viña del Mar, tres de diciembre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes.- Que con fecha vein

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