6º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ VÍCTOR MANUEL OTEÍZA DÍAZ

Rol

O-159-2021

Fecha

3 de diciembre de 2021

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y dinámica del delito con el propósito de colaborar sustancialmente al esclarecimiento de los hechos. CUARTO: Declarar. Que el encausado, debidamente informado sobre su derecho a guardar silencio, optó por renunciar a éste y prestar declaración sobre el hecho que se le atribuye, indicando que meses atrás a su detención, vendía droga junto con Mariela y además la abultaban para venderla. Dice conocer a Mariela por lo menos cuatro años antes de du detención ya que consumía droga junto con sus familiares. Es así como la primera semana de Diciembre, Mariela le comunicó que vendría una persona con cargamento droga y aquélla le preguntó si quería participar de la venta, a lo que accedió ya que se venía navidad y no tenía dinero. Remarca que siempre supo que se trataba de droga, que un sujeto la traería y que al interior del domicilio de Mariela se iba a elaborar la droga. En ese contexto, el 06 de Diciembre, mientras estaba en la casa de Mariela, específicamente en el comedor, llegó un sujeto de nacionalidad boliviana quien iba a elaborar la droga, por lo que se puso a trabajar en ello. Expresa que la idea era que una vez terminada la droga, la tenía que dosificar y luego venderla, pero todo se vio frustrado ya que irrumpió la PDI reventando la casa, procediendo a detenerlos. Agrega que la PDI detuvo al boliviano desde la pieza en que estaba elaborando la droga, con los recipientes de pintura. Recuerda que la droga estaba en tarros plásticos, baldes y un tarro grande azul además de una bolsa. Precisa que la droga estaba en los recipientes aludidos y en el tarro plástico (estaba con agua) y un poco que había en una sábana. FERNANDO JAVIER SARIEGO EGNEM Juez Redactor Fecha: 03/12/2021 12:55:56 FLAVIA MARIA INES DONOSO PARADA Juez Presidente Fecha: 03/12/2021 13:02:34 XGFWXGGRJS HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Integrante Fecha: 03/12/2021 14:13:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA

Fundamentos

considerando final de esta sentencia, como también a lo prescrito en el artículo 17 de la Ley 18.556, Ley Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, modificada por la Ley 20.568 de 31 de Enero de 2012, una vez que quede firme el presente fallo. Ofíciese a los organismos que corresponda comunicando lo resuelto y remítase copia de esta sentencia al Tribunal de Garantía respectivo para su cumplimiento. Redactada por el Magistrado Fernando Sariego Egnem Regístrese. R.I.T. 159 -2021 R.U.C. 1.801.208.914-3 FERNANDO JAVIER SARIEGO EGNEM Juez Redactor Fecha: 03/12/2021 12:55:57 FLAVIA MARIA INES DONOSO PARADA Juez Presidente Fecha: 03/12/2021 13:02:34 XGFWXGGRJS HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Integrante Fecha: 03/12/2021 14:13:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 25 Dictada por el Sexto Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada la sala por los Magistrados, señora Flavia Donoso Parada y señores Fernando Sariego Egnem y Hernán García Mendoza. FERNANDO JAVIER SARIEGO EGNEM Juez Redactor Fecha: 03/12/2021 12:55:57 FLAVIA MARIA INES DONOSO PARADA Juez Presidente Fecha: 03/12/2021 13:02:34 XGFWXGGRJS HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Juez Integrante Fecha: 03/12/2021 14:13:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-12-03T12:55:59-0300 Corte Suprema FERNANDO JAVIER SARIEGO EGNEM Verificación Legal 2021-12-03T12:59:19-0300 Corte Suprema FLAVIA MARIA INES DONOSO PARADA Verificación Legal 2021-12-03T14:16:42-0300 Corte Suprema HERNAN BERNARDINO GARCIA MENDOZA Verificación Legal

Fallo

fallo se encuentre ejecutoriado, debiendo ponerse en conocimiento de lo resuelto ante el Servicio Médico Legal, en la oportunidad procesal correspondiente y para efectos de su cumplimiento por Gendarmería de Chile. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 14 N° 1, 15 N 1, 24, 28, 31, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; 1, 3, 45, 46, 47 y 62 de la Ley 20.000; artículos 47, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, artículo 593 del Código Orgánico de Tribunales y artículos 5, 16 y 17 Ley 19.970; se declara que: I.- SE CONDENA a VICTOR MANUEL OTEIZA DIAZ ya individualizado, a la pena de SIETE AÑOS de presidio mayor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito consumado de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes o psicotrópicas perpetrado el día 06 de Diciembre de 2018, en la comuna de El Bosque. Se condena además al sentenciado a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena. II.- Se impone al sentenciado el pago de una multa correspondiente a CUARENTA unidades tributarias mensuales en su equivalente en moneda de curso legal vigente al momento de su solución, a beneficio del Fondo Especial del artículo 46° de la Ley Nº 20.000., con el objeto de ser utilizados en programas de prevención de consumo de drogas, tratamientos y rehabilitación de las personas

Texto Completo (Preview)

1 SEXTO TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO. Delito : Tráfico ilícito de estupefacientes RUC N° : 1.801.208.914-3 RIT N° : 159-2021 Santiago, tres de Diciembre de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Individualización. Que ante este Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago constituido por los Magistrados, señora Flavia Donoso Parada y señores Fernando Sariego E

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica