MP C/ SEBASTIÁN MARCELO HERRERA FARÍAS
Rol
O-6135-2021
Fecha
3 de diciembre de 2021
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
vistos los antecedentes y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público, formuló requerimiento verbal en procedimiento simplificado, en contra de SEBASTIÁN MARCELO HERRERA FARÍAS, cédula de identidad N° 17.808.493-3, chileno, soltero, nacido el 08 de agosto de 1991, domiciliado en calle Javiera Carrera Nº 1240, La Herradura Coquimbo.- SEGUNDO: Que con fecha 29 de noviembre de 2021 se celebró audiencia de procedimiento simplificado con la asistencia de todos los intervinientes, y se dio lectura al requerimiento, el que versa sobre los siguientes hechos: “El día 29 de septiembre del 2021, a las 15:50 horas aproximadamente, el imputado Herrera Farías ingresó al local Homecenter Sodimac, ubicado en avenida Francisco de Aguirre Nº 02 de esta ciudad, desde donde sustrajo diversas especies de propiedad del referido local comercial, avaluadas en la suma total de $ 149.510.-, siendo sorprendido por los guardias de seguridad en los instantes que salía del lugar, luego de traspasar las cajas registradoras sin pagar el precio de las especies”. Estos hechos fueron calificados por el Ministerio Público como constitutivos del delito frustrado de hurto simple, contenido en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en el que el imputado ha tenido participación directa en calidad de autor, solicitando la aplicación de una pena de sesenta días de prisión en su grado máximo, multa de cinco unidades tributarias mensuales, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, con costas, indicando que concurre a su respecto la circunstancia agravante prevista en el artículo 12 N° 16 del Código Penal. TERCERO: Que en la misma audiencia antes indicada, el representante del órgano persecutor, con el objeto que el imputado admita responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, le reconocería la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 9 del Código QLSGXGBWYX Alain Alejandro Maldonado Liberona Juez de garantía Fecha: 03/12/2021 10:15:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 1 0 0 8 8 0 6 8 3 - 4 . R I T N º : 6 1 3 5 - 2 0 2 1 . D E L I T O : H u r t o s i m p l e ( C ó d i g o P e n a l , a r t . 4 4 6 N ° 3 ) S E N T E N C I A D O : S E B A S T I Á N M A R C E L O H E R R E R A F A R Í A S . - R I T 6135 - 2021 P á g i na 2 Penal, y solicita en definitiva para ese evento, se le imponga la pena de treinta y un días de prisión en su grado medio, multa de un tercio de dos unidades tributarias mensuales, además de la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin cos
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 11, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 6, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 25, 30, 50, 51, 70, 432, 446 N° 3, 449, del Código Penal, y artículos 1 y 8 de la Ley N° 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a SEBASTIÁN MARCELO HERRERA FARÍAS, cédula de identidad Nº 17.808.493-3, antes individualizado, a la pena de treinta y un días de prisión en su grado medio, a la suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena y al pago de una multa equivalente a un tercio de una unidad tributaria mensual, como autor del delito frustrado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, cometido el 29 de septiembre de 2021, en esta comuna. QLSGXGBWYX Alain Alejandro Maldonado Liberona Juez de garantía Fecha: 03/12/2021 10:15:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 1 0 0 8 8 0 6 8 3 - 4 . R I T N º : 6 1 3 5 - 2 0 2 1 . D E L I T O : H u r t o s i m p l e ( C ó d i g o P e n a l , a r t . 4 4 6 N ° 3 ) S
Texto Completo (Preview)
P R O C E D I M I E N T O : S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 1 0 0 8 8 0 6 8 3 - 4 . R I T N º : 6 1 3 5 - 2 0 2 1 . D E L I T O : H u r t o s i m p l e ( C ó d i g o P e n a l , a r t . 4 4 6 N ° 3 ) S E N T E N C I A D O : S E B A S T I Á N M A R C E L O H E R R E R A F A R Í A S . - R I T 6135 - 2021 P á g i na 1 La Serena, tres de diciembre de dos mil veintiuno.- Oídos los intervinie
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