DANIEL BERNARDO BRAVO VIDAL C/ FAVIO ALEJANDRO VALENZUELA DURÁN
Rol
O-4128-2020
Fecha
29 de noviembre de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): Que el día 1 de junio del año 2020, a las 14:20 horas el acusado Gianfranco Jesús Beltrán Orellana en compañía de Fabio Valenzuela Durán e Iván Núñez Rojas, con la finalidad de sustraer especies concurrieron hasta la intersección Avenida Isabel Riquelme con pasaje Inglaterra, en la comuna de Maipú, lugar donde se encontraba la víctima Doña Mercedes Villarroel en compañía de doña María Teresa Betanzo Rivera y al costado de ella, estacionado el station wagon, marca Ssangyong, modelo actyon Sport, placa patente única GI TD-29, a quiénes intimidaron, exigiéndole la entrega de las llaves de partida del vehículo y el teléfono celular importaba, un iPhone 6, de color gris, para posteriormente, abordar el vehículo de la víctima, apropiándose de este, dándose a la fuga en dirección desconocida. Se reconocen como circunstancias modificatorias de responsabilidad penal las atenuantes del artículo 11 número 6 y 9 del Código Penal. Resolución: I. Se condena a GIANFRANCO JESÚS BELTRÁN ORELLANA CI: 0019746405-4, como autor del delito de Robo con Intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, a la pena de Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales del artículo 29 del Código Penal, la de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Procédase a la Toma de huella genética; III. Cúmplase con lo dispuesto por artículo 38 de la Ley 18.216; IV. No se condena en costas. V. Que respecto de la pena corporal impuesta, esta se sustituye por la Libertad Vigilada Intensiva por igual periodo de tiempo. Se fija audiencia de plan de Intervención Individual para el día 19 de enero de 2022, a las 09:00 horas, sala 903. VI. Que en caso de quebrantamiento o incumplimiento grave de la pena sustitutiva impuesta se procede
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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: HUGO ALEJANDRO SALGADO MORALES RUC: 2000554760-2 RIT: 4128 – 2020 IMPUTADO(A): GIANFRANCO
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