Juzgado de Garantía de Iquique.

MARISOL ELENA OLIVARES HORMAZABAL C/ MATÍAS ANDRÉS GUESARAZO VARGAS

Rol

O-6497-2020

Fecha

22 de noviembre de 2021

Materia

DELITO DESORDENES PUBLICOS ART. 269 (NO FALTA DEL CODIGO 130, DAÑOS CALIFICADOS.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, modificando para tal efecto la solicitud de la pena el Ministerio Público. REQUERIMIENTO EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 28 de octubre de 2019, a las 18:20 horas, los acusados ESTEBAN ANTONIO AGUILERA NAVARRO, SEBASTIÁN ALBERTO ROJAS ÓRDENES, MATÍAS ANDRÉS GUESARAZO VARGAS y PEDRO IGNACIO DELGADO BLECK, junto a una persona hasta ahora desconocido, concurrieron a la intersección de avenida Arturo Prat con calle Orella, de la comuna de Iquique, específicamente en la calzada de la misma y comenzaron a perturbar gravemente la tranquilidad pública obstaculizando la libre circulación de los vehículos en el sector por medio de la colocación de objetos de madera formando una barricada, para luego los acusados prender fuego a dicha barricada, lo cual ocasionó daños a la capa asfáltica avaluados por la Dirección Regional de Vialidad de Tarapacá en la suma total de $21.082.000 (veintiún millones ochenta y dos mil pesos). DELITO DESÓRDENES PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 269 del Código Penal. DAÑOS CALIFICADOS, previsto y sancionado en el artículo 485 Nº 6 del mismo cuerpo legal. PARTICIPACIÓN: Autor GRADO DE EJECUCIÓN: Consumado ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD Si CIRCUNSTANCIA MODIFICATORIAS 11Nº 6 y 11N° 9. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PMBBXDYNVX Ricardo Marcelo Leyton Pavez Juez de garantía Fecha: 25/11/2021 16:19:19 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:shawnaguilera@gmail.com SE DECLARA: I.- Que se condena a, ESTEBAN ANTONIO AGUILERA NAVARRO, cédula de identidad N° 0019734701-5, ya individualizado, como autor del delito consumado de DESÓRDE

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a, ESTEBAN ANTONIO AGUILERA NAVARRO, cédula de identidad N° 0019734701-5, ya individualizado, como autor del delito consumado de DESÓRDENES PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 269 del Código Penal, ocurrido en Iquique, el día 28 de octubre de 2019, a sufrir la pena de: PENA PRIVATIVA Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo. Sin abonos. PENAS ACCESORIAS, INHABILIDADES Y OTRAS Suspensión de cargo u oficios públicos Durante el tiempo de la condena. Penas Sustitutivas Extensión Lugar de cumplimiento REMISIÓN CONDICIONAL 1 AÑO Centro de Reinserción Social de Alto Hospicio Observación: El sentenciado queda sujeto a la observación y vigilancia de Gendarmería de Chile, el cual deberá firmar mes a mes, por el término señalado. Deberá presentarse en el plazo de 30 días, ante el CRS de Alto Hospicio. Si no lo hiciere se despachará orden de aprehensión. Los incumplimientos graves y reiterados de la pena sustitutiva, dará lugar a su intensificación o revocación y tendrá que cumplir la pena privado totalmente de libertad. II.- Que se condena a, ESTEBAN ANTONIO AGUILERA NAVARRO, cédula de identidad N° 0019734701-5, ya individualizado, como autor del delito consumado de DAÑOS CALIFICADOS, previsto y sancionado en el artículo 485 Nº 6 del mismo cuerpo legal, ocurrido en Iquique, el día 28 de octubre de 2019, a sufrir la pena de: PENA PRIVATIVA Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo. Sin abonos. PE

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Individualización de Audiencia de Procedimiento Simplificado. Fecha Iquique., veintidós de noviembre de dos mil veintiuno Magistrado RICARDO MARCELO LEYTON PAVEZ Fiscal DANIELA ANDREA PEREA CASTAÑEDA Defensor SCARLETT ANA MUÑOZ VENEGAS Querellante DAVID ALVAREZ MUÑOZ Hora inicio 10:56 AM Hora termino 11:20 AM Sala Sala Virtual Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta nrr/crh RUC 1901174707-0

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