WALMART CHILE S.A.. C/ LESLIE DAYANA VÁSQUEZ CASTILLO
Rol
O-4813-2020
Fecha
20 de noviembre de 2021
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 12 de mayo de 2020, cerca de las 14:10 horas, la imputada LESLIE DAYANA VÁSQUEZ CASTILLO, se encontraba en el interior del Supermercado Líder ubicado en calle Chacabuco N°120, comuna de Copiapó. En aquel lugar, tras recorrer diversos pasillos, VÁSQUEZ CASTILLO sustrajo dos bolsas de carne topo filete y una bolsa de plátanos, ocultándolas en el interior de una bolsa de género que portaba, y luego traspasó el lineal de cajas sin pagar las mismas, siendo sorprendida por guardias de seguridad. Las especies sustraídas fueron avaluadas en la suma de $43.060. SE DECLARA: I. Que se condena a LESLIE DAYANA VÁSQUEZ CASTILLO, ya individualizada, en calidad de AUTORA del delito de Hurto simple, grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, el día 12 de mayo del año 2020, a la pena de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. I. La pena de corporal y multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención por motivo de esta causa. II. Se EXIME del pago de las costas de la causa. III. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./ppa LPTXXCLLZC Ubaldo Andres Basoa Oviedo Juez de garantía Fecha: 21/11/2021 10:52:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a LESLIE DAYANA VÁSQUEZ CASTILLO, ya individualizada, en calidad de AUTORA del delito de Hurto simple, grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, el día 12 de mayo del año 2020, a la pena de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. I. La pena de corporal y multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención por motivo de esta causa. II. Se EXIME del pago de las costas de la causa. III. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”./ppa LPTXXCLLZC Ubaldo Andres Basoa Oviedo Juez de garantía Fecha: 21/11/2021 10:52:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó, veinte de noviembre de dos mil veintiuno TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: UBALDO BASOA OVIEDO RUC: 2000485832-9 RIT: 4813 - 2020 IMPUTADO: LESLIE DAYANA VÁSQUEZ CASTILLO C.I. 13873862-0 FECHA DE NAC. 17 de octubre de 1980 DIRECCION Pasaje LOTE 34, VISTA HERMOSA, JUAN PABLO II. COMUNA: Copiapó. DELITO
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