Juzgado de Letras de Colina

PLAZA/VARAS

Rol

O-376-2019

Fecha

21 de abril de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Conforme a las consideraciones que constan en el registro de audio, y visto además lo establecido en los artículos 1, 2, 4, 7, 9, 71, 73, 420 del Código del Trabajo y las pertinentes del Código de procedimiento Civil: 1. Acojo la demanda interpuesta por IRIS DEL ROSARIO PLAZA VILLALOVOS, cedula de identidad 8.222.497-1, solo en cuanto declaro que existió una relación laboral entre la demandante y la demandada MYRIAM DEL CARMEN VARAS DIAZ, cedula de identidad 8.125.597-0, entre el 15 de noviembre del 2011 y el 10 de enero del 2019, quedando condenada esta última, la demandada, a pagarle a la demandante, los siguientes montos y conceptos: i. $142.500.- por feriado proporcional reclamado o compensación de feriado. ii. Cotizaciones previsionales en Fonasa, AFP Capital y AFC Chile por el periodo laborado sobre la base de una remuneración imponible mensual de $300.000.-, cotizaciones que deberán ser enteradas en las instituciones previsionales correspondientes. Las cantidades recién expresadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses legales. 2. Rechazo en lo demás la referida demanda. 3. No condeno en costas a la demandada por no resultar totalmente vencida. 4. Ofíciese a las entidades previsionales según lo establecido en el artículo N°461 del Código del Trabajo una vez ejecutoriada la presente sentencia. RIT O-376-2019 Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Dictó Don CRISTIAN RODRIGO MARCHANT LILLO, Juez Titular del Juzgado de Letras de Colina. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de Colina, veinte de abril de dos mil veintiuno.-

Fundamentos

fundamentos que constan en audio: Tribunal resuelve rechazar la petición de la parte demandada. Material Probatorio · La Parte Demandante Rinde: · Documental 1. Acta de Comparendo de Conciliación de Dirección del Trabajo, de fecha 14 de marzo 2019, de reclamante Iris Plaza Villalobos, incluida en carpeta electrónica en Folio 1. 2. Cartola Histórica de Cuenta Vista N° 270-0-775191-5 del Banco Estado, incluida en este acto vía Oficina Judicial Virtual y enviada a correo electrónico del funcionario de acta para su reenvío a Magistrado. · Confesional La parte solicita que ante la incomparecencia MYRIAM DEL CARMEN VARAS DIAZ, se le tenga por confesada en su rebeldía. El tribunal va a resolver esta petición en la sentencia definitiva. · Testimonial 1. Aníbal Enrique Monterrey Muñoz, Rut: N°12.876.508-5. · Incorporación de Oficios 1. Informe de AFC, de fecha 23 octubre año 2019, incluido en carpeta electrónica en Folio 31. 2. Informe de SII, de fecha 15 de enero de 2020, incluido en carpeta electrónica en Folio 37. 3. Informe de Fonasa, incluido en carpeta electrónica en Folio 38. · Observaciones a la Prueba 1. Parte demándate, que consta en audio. · Tribunal Dicta Sentencia en esta Audiencia En colina, a veinte de abril de 2021. Vistos: Conforme a las consideraciones que constan en el registro de audio, y visto además lo establecido en los artículos 1, 2, 4, 7, 9, 71, 73, 420 del Código del Trabajo y las pertinentes del Código de procedimiento Civil: 1. Acojo la demanda interpuesta por IRIS DEL ROSARIO PLAZA VILLALOVOS, cedula de identidad 8.222.497-1, solo en cuanto declaro que existió una relación laboral entre la demandante y la demandada MYRIAM DEL CARMEN VARAS DIAZ, cedula de identidad 8.125.597-0, entre el 15 de noviembre del 2011 y el 10 de enero del 2019, quedando condenada esta última, la demandada, a pagarle a la demandante, los siguientes montos y conceptos: i. $142.500.- por feriado proporcional reclamado o compensación de feriado. ii. Cotizaciones previsionales en Fonasa, AFP Capital y AFC Chile por el periodo laborado sobre la base de una remuneración imponible mensual de $300.000.-, cotizaciones que deberán ser enteradas en las instituciones previsionales correspondientes. Las cantidades recién expresadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses legales. 2. Rechazo en lo demás la referida demanda. 3. No condeno en costas a la demandada por no resultar totalmente vencida. 4. Ofíciese a las entidades previsionales según lo establecido en el artículo N°461 del Código del Trabajo una vez ejecutoriada la presente sentencia. RIT O-376-2019 Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Dictó Don CRISTIAN RODRIGO MARCHANT LILLO, Juez Titular del Juzgado de Letras de Colina. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de Colina, veinte de abril de dos mil veinti

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20/04/2021 RUC 19-4-0193968-K RIT O-376-2019 MAGISTRADO CRISTIAN MARCHANT LILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANDRÉS CABALÁ MALLEA HORA DE INICIO 09:10 HORAS HORA DE TERMINO 11:30 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 1940193968-K-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ---- ABOGADO LUIS ALBERTO CHAVEZ  FORMA DE NOTIFICACION ---- PARTE DEM

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