CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA IN C/ NN NN NN
Rol
O-3159-2019
Fecha
17 de noviembre de 2021
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 20 diciembre 2018, en sucursal Alameda N°1111, comuna de Santiago, personal de Banco Estado detectó que el imputado JORGE ALEXIS TORRES VALLEJO presentó un supuesto certificado de título de técnico profesional paisajista, aparentemente emitido por el instituto INACAP, con el fin de optar a un crédito bancario. Sin embargo, dicho certificado resultó ser falso, dado que el imputado no cursó dicha carrera ni alguna otra en dicha institución, falseando las menciones de título y nombre presentes en el certificado. El imputado, a sabiendas que nunca cursó dichos estudios, facilitó sus datos personales para la falsificación del certificado, presentándolo más tarde de forma personal con el objeto de engañar a personal del Banco. SE DECLARA: I.- Que, se condena a JORGE ALEXIS TORRES VALLEJOS, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de falsificación de certificados de particulares, previsto y sancionado en el artículo 205 inciso 2° del Código Penal, en grado de ejecución de Consumado, cometido el día 20 diciembre 2018, en la comuna de Santiago. SQXQXBQWBJ CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA Juez de garantía Fecha: 18/11/2021 12:54:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos de la Ley 18.216, se le sustituye la pena impuesta por la de trabajos en beneficio de la comunidad por 54 horas, debe presentarse con el CRS Santiago Sur II, una vez ejecutoriada la sentencia. III.- Visto lo dispuesto
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a JORGE ALEXIS TORRES VALLEJOS, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de falsificación de certificados de particulares, previsto y sancionado en el artículo 205 inciso 2° del Código Penal, en grado de ejecución de Consumado, cometido el día 20 diciembre 2018, en la comuna de Santiago. SQXQXBQWBJ CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA Juez de garantía Fecha: 18/11/2021 12:54:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos de la Ley 18.216, se le sustituye la pena impuesta por la de trabajos en beneficio de la comunidad por 54 horas, debe presentarse con el CRS Santiago Sur II, una vez ejecutoriada la sentencia. III.- Visto lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, se exime del pago de las costas. IV.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes
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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago., diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA RUC: 1910008410-7 RIT: 3159 - 2019 IMPUTADO: JORGE ALEXIS TORRES VALLEJOS C.I. 0015632889-8 DELITO falsificación de certificados de particulares, artículo 205 inciso 2° del Código Penal PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESAR
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