MP C/ CARLOS ANDRÉS NAVARRETE LAGOS
Rol
O-6506-2021
Fecha
17 de noviembre de 2021
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 16 de noviembre de 2021 aproximadamente a las 17:20 horas en la vía pública en calle Chacabuco en intersección con avenida Copayapu en la comuna de Copiapó, Carlos Navarrete Lagos fue sorprendido por carabineros portando un cuchillo tipo cocinero artesanal de 12 cm de largo la hoja y 8,5 cm de largo la empuñadura de hueso, quien luego de ver a funcionarios policiales los lanzó al suelo. El requerido portaba consigo dicha arma punzante sin dar razón justificada para dicha tenencia y porte de la misma.” SE DECLARA: I. Que se condena a CARLOS ANDRES NAVARRETE LAGOS, ya individualizado (a), en calidad de AUTOR, del delito de Porte de arma cortante o punzante (288 bis)., grado de desarrollo CONSUMADO perpetrado en la comuna de Copiapó el día 16 de noviembre de 2021, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y COMISO. II. La pena de multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención en la presente causa. III. Comiso del arma blanca incautada, autorizando al Ministerio Público desde ya, para que proceda a su destrucción. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. XGZXXXETWZ Ubaldo Andres Basoa Oviedo Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 16:17:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 hor
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a CARLOS ANDRES NAVARRETE LAGOS, ya individualizado (a), en calidad de AUTOR, del delito de Porte de arma cortante o punzante (288 bis)., grado de desarrollo CONSUMADO perpetrado en la comuna de Copiapó el día 16 de noviembre de 2021, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y COMISO. II. La pena de multa se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención en la presente causa. III. Comiso del arma blanca incautada, autorizando al Ministerio Público desde ya, para que proceda a su destrucción. IV. Se EXIME del pago de las costas de la causa. V. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. XGZXXXETWZ Ubaldo Andres Basoa Oviedo Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 16:17:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform a
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno TRIBUNAL: Juzgado de Garantia de Copiapo. MAGISTRADO: UBALDO BASOA OVIEDO RUC: 2101035341-3 RIT: 6506 - 2021 IMPUTADO: CARLOS ANDRES NAVARRETE LAGOS C.I. 0018367495-1 FECHA DE NAC. 27 de noviembre de 1991 DIRECCION Calle Chañarcillo N° 480/ DPP COMUNA: Copiapó. DELITO Porte de
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