MP C/ NICOLÁS ENRIQUE VILLANUEVA MORALES
Rol
O-1869-2019
Fecha
5 de noviembre de 2021
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 n°9, 14, 15, 21, 49, 50, 296 n°3, 399 y 494 n°5 del Código Penal; artículos 5 y 9 de la ley 20.066; ley 18.216 y artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA; I. Que, SE CONDENA a don NICOLÁS ENRIQUE VILLANUEVA MORALES, cédula de identidad 0019808414-k, en su calidad de autor de los siguientes delitos y en los siguientes grados. Como AUTOR del delito de LESIONES MENOS GRAVES EN EL CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR en grado de CONSUMADO, perpetrado en Talca, el día 20 de marzo del año 2019 y en perjuicio de doña VERIOSKA YARITZA BUSTOS ABARCA y como AUTOR del delito de AMENAZAS EN EL CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, en grado de CONSUMADO, perpetrado en misma fecha y en contra de la misma víctima, a sufrir las siguientes penalidades, por el delito de lesiones menos graves en VIF, SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, al cual deberá abonarse un día el que estuvo privado de libertad en la presente causa accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y que no se le condena en costas por haber reconocido libre y espontáneamente responsabilidad en los hechos de la causas. Por las amenazas en VIF, también SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y que no se le condena en costas por haber sido defendido por la Defensoría Penal Pública. II. Se le condena además a la accesoria del artículo 9 letra c de la ley 20.066, esto es la prohibición de tener y portar armas de fuego. SNRXXXXMCY Roberto García Gil Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 13:43:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidenta
Fallo
SE DECLARA; I. Que, SE CONDENA a don NICOLÁS ENRIQUE VILLANUEVA MORALES, cédula de identidad 0019808414-k, en su calidad de autor de los siguientes delitos y en los siguientes grados. Como AUTOR del delito de LESIONES MENOS GRAVES EN EL CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR en grado de CONSUMADO, perpetrado en Talca, el día 20 de marzo del año 2019 y en perjuicio de doña VERIOSKA YARITZA BUSTOS ABARCA y como AUTOR del delito de AMENAZAS EN EL CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, en grado de CONSUMADO, perpetrado en misma fecha y en contra de la misma víctima, a sufrir las siguientes penalidades, por el delito de lesiones menos graves en VIF, SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, al cual deberá abonarse un día el que estuvo privado de libertad en la presente causa accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y que no se le condena en costas por haber reconocido libre y espontáneamente responsabilidad en los hechos de la causas. Por las amenazas en VIF, también SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y que no se le condena en costas por haber sido defendido por la Defensoría Penal Pública. II. Se le condena además a la accesoria del artículo 9 letra c de la ley 20.066, esto es la prohibición de tener y portar armas de fuego. SNRXXXXMCY Roberto García Gil Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 13:43:23 ESTE DOCUMENTO TIENE F
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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Talca., cinco de noviembre de dos mil veintiuno Magistrado ROBERTO GARCIA GIL Fiscal GUSTAVO FLUHMANN ELGUETA por CLAUDIA LORENA DÍAZ SÁNCHEZ Defensor CAROLINA VILLALOBOS VÁSQUEZ por EDUARDO GUILLERMO ENRIQUE MEINS MIDDLETO Hora inicio 12:05PM Hora termino 01:05PM Sala SEGUNDA SALA Audio N° 15 Tribunal Juzgado de Garantía de Tal
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