Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir.

MP/DPP C/ VÍCTOR IGNACIO VIDAL GONZÁLEZ

Rol

O-166-2021

Fecha

16 de noviembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que se dieron por establecidos, citas legales y la parte resolutiva de la sentencia dictada en forma verbal en audiencia celebrada con esta fecha, la que se encuentra en el audio respectivo, el cual constituye el registro íntegro de la misma. SENTENCIADO: Víctor Ignacio Vidal González, Cédula de Identidad N°18.950.931-6, domiciliado en calle Sara Braun N°784, comuna de Punta Arenas. HECHOS ESTABLECIDOS: “La madrugada del 29 de julio de 2021, aproximadamente a las 01.10 horas, en circunstancias que el acusado VÍCTOR IGNACIO VIDAL GONZALEZ, conducía en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conductor, el vehículo marca Hyundai, modelo Elantra, color azul, ppu TR.1698 por calle Santa María, camino de la antena, cuando al llegar a la PBDNXBZHRX Pablo Audilio Aceituno Romero Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 17:31:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 4 altura del Km 1.5, en la comuna de Porvenir, fue fiscalizado por personal de Carabineros de esta ciudad, quienes constataron que el acusado conducía en estado de ebriedad, lo que constó por presentar éste los signos característicos de la ingesta alcohólica, lo cual fue corroborado por la prueba respiratoria que se le aplicó en el lugar que arrojó una dosificación de alcohol en su sangre de 1,66 gr/l, además del examen de alcoholemia que arrojó una dosificación de alcohol en su sangre de 2,14 gr/l. Personal de Carabineros constató además que el acusado nunca ha obtenido licencia para conducir vehículos motorizados”. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: Art. 11 N°6 y 11 N° 9. CITAS LEGALES Y PARTE RESOLUTIVA. Por estas considera

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además, lo previsto en los artículo 1, 2, 3, 5, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15, 30, 49, y 70 y demás pertinentes del Código Penal; en relación con el artículo 110, 111, 196 y 209 y demás pertinentes de la Ley 18.290, artículos 3, 4 y demás pertinentes de la Ley 18.216 y su reglamento complementario, artículo 388, 390, 393 y siguientes del Código Procesal Penal: SE RESUELVE: I.- Que se condena a don Víctor Ignacio Vidal González, ya individualizado, a las penas de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de una unidad tributaria mensual y la accesoria especial de suspensión de la licencia de conducir vehículos motorizados por dos años, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de PBDNXBZHRX Pablo Audilio Aceituno Romero Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 17:31:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 3 de 4 conductor, cometido el día 29 de julio de 2021 en territorio competencia de este

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Página 1 de 4 RIT: 166-2021 RUC: 2100689397-7 DELITO: CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCTOR. IMPUTADO: VÍCTOR IGNACIO VIDAL GONZALEZ F. INGRESO: 29/07/2021 F. TERMINO: 16/11/2021 EXTRACTO DE SENTENCIA PRONUNCIADA EN AUDIENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO ART. 395 CPP. Porvenir, dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno. Al tenor de lo pr

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