ANONIMIZADO
Rol
P-461-2022
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
VULNERACIÓN DE DERECHOS
Resultado
No especificado
Hechos
arc Villa Alemana, uno de julio de dos mil veintidós. Por ingresado a despacho con esta fecha. Téngase presente lo informado por el conejo técnico. Vistos. Atendido el mérito del requerimiento de inicio de la presente causa, lo expuesto tanto por el Consejo Técnico como por el Curador ad litem en audiencia de fecha 31 de mayo del presente año,
Fundamentos
considerando lo dispuesto por el artículo 8 N°7 de la ley 19.968, en cuanto corresponde al Juez de familia intervenir en todos aquellos casos en que aparezca un niño, niña o adolescente gravemente amenazado o vulnerado en sus derechos, que requiera la aplicación de una medida de protección, habiéndose acreditado por la progenitora que la sujeto de protección se encuentra debidamente...
Texto Completo (Preview)
arc Villa Alemana, uno de julio de dos mil veintidós. Por ingresado a despacho con esta fecha. Téngase presente lo informado por el conejo técnico. Vistos. Atendido el mérito del requerimiento de inicio de la presente causa, lo expuesto tanto por el Consejo Técnico como por el Curador ad litem en audiencia de fecha 31 de mayo del presente año, considerando lo dispuesto por el artículo 8 N°7 de la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica