C/ MARIO DANIEL BARRERA PADILLA
Rol
O-7759-2020
Fecha
15 de noviembre de 2021
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día de Octubre de , aproximadamente a las hrs., luego que el requerido MARIO DANIEL BARRERA PADILLA ingresara al inmueble ubicado en calle Madreselvas Nº 36, Comuna de Macul, de propiedad de doña Lina Olga Muñoz Ríos y a cargo de don Gonzalo David Ravello García, causó la fractura de vidrios de diversos tamaños, la rotura de un lavamanos y taza de baños, además de las cañerías de conexión a una lavadora, ocasionando con dicho accionar daños avaluados en la suma total de $ . (doscientos mil pesos).- Delito y grado de desarrollo Daños Simples, previsto y sancionado en el Art. 8 en relación con el Art. 8 ambos del Código Penal/ consumado Participación Autor. Artículo Nº Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don MARIO DANIEL BARRERA PADILLA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Daños Simples, previsto y sancionado en el Art. 8 en relación con el Art. 8 ambos del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día de Octubre de , en la comuna de Macul. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. PXBXXXHHXX VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 10:32:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don MARIO DANIEL BARRERA PADILLA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Daños Simples, previsto y sancionado en el Art. 8 en relación con el Art. 8 ambos del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día de Octubre de , en la comuna de Macul. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. PXBXXXHHXX VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 10:32:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-11-17T10:32:58-0300 Corte Suprema VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1 3 -1 RIT : - IMPUTADO : MARIO DANIEL BARRERA PADILLA Cédula de Identidad : - Fecha de nacimiento Domicilio : Calle POCONCHILE N°3 , CASA L, Macul PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : quince de noviembre de dos mil veintiuno JUEZ : VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Hechos El día de Octubre de , aproximadamente a las
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