Juzgado de Garantía de San Javier.

JOSÉ ALBERTO SANDOVAL POBLETE C/ JUAN MANUEL CASTRO DIAZ

Rol

O-1175-2020

Fecha

8 de noviembre de 2021

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento. Sentencia. RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2000337389-5 1175-2020 CAUSA.: R.U.C=2000337389-5 R.U.I.=1175-2020 Fecha de deliberación 08-noviembre-2021 Juez redactor JOHN LANDERO SALGADO RELACIONES.: CANCINO BRUNA BERNARDO ESTEBAN / Porte de arma cortante o punzante (288 bis). Resultado Condenado. RELACIONES.: CANCINO BRUNA BERNARDO ESTEBAN / Porte de arma cortante o punzante (288 bis). Procedimiento Simplificado. San Javier, ocho de noviembre de dos mil veintiuno Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 7, 14, 15 N°1, 288 bis del Código Penal; artículo 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a BERNARDO ESTEBAN CANCINO BRUNA, ya individualizado, cédula de identidad N°20521504-2; como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante del artículo 288 bis del Código Penal, perpetrado en este territorio jurisdiccional con fecha 11 de abril del año 2021, a sufrir la pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; más el comiso de la especie incautada. II.- Que, atendido lo razonado en el

Fundamentos

considerando quinto de esta sentencia, se da la pena de multa por cumplida, por los tres días que registra como abono el imputado en esta causa. III.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se exime al condenado del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad.- RUC N° 2000337389-5 RIT N° 1175-2020 Se tiene presente la renuncia de los recursos y plazos legales, por parte del Ministerio Público y la defensa, quedando ejecutoriado el fallo. Se deja constancia que el registro íntegro de esta audiencia consta en el archivo de audio respectivo. Se alzan las medidas cautelares que se hubieren decretado, Ofíciese. Dirigió la audiencia y resolvió - JOHN LANDERO SALGADO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. XNPXXXRSXL John Williams Landero Salgado Juez de garantía Fecha: 16/11/2021 15:47:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-11-16T15:47:10-0300 Corte Suprema John Williams Landero Salgado Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 7, 14, 15 N°1, 288 bis del Código Penal; artículo 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a BERNARDO ESTEBAN CANCINO BRUNA, ya individualizado, cédula de identidad N°20521504-2; como autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante del artículo 288 bis del Código Penal, perpetrado en este territorio jurisdiccional con fecha 11 de abril del año 2021, a sufrir la pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; más el comiso de la especie incautada. II.- Que, atendido lo razonado en el considerando quinto de esta sentencia, se da la pena de multa por cumplida, por los tres días que registra como abono el imputado en esta causa. III.- Que, habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se exime al condenado del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad.- RUC N° 2000337389-5 RIT N° 1175-2020 Se tiene presente la renuncia de los recursos y plazos legales, por parte del Ministerio Público y la defensa, quedando ejecutoriado el fallo. Se deja constancia que el registro íntegro de esta audiencia consta en el archivo de audio respectivo. Se alzan las medidas cautelares que se hubieren decretado, Ofíciese. Dirigió la audiencia y resolvió - JOHN LANDERO SALGADO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. X

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia. Fecha San Javier., ocho de noviembre de dos mil veintiuno Magistrado JOHN LANDERO SALGADO Fiscal VIVIANA GONZALEZ TORO Victimas VIVIANA ANDREA VALDES PEÑALOZA y MARCELO ANDRÉS BAEZ AEDO Defensor MAXIMILIANO ESTEBAN CARES VERDUGO Hora inicio 10:42AM Hora termino 11:27AM Sala SALA 1/eba Tribunal Juzgado de Garantía de San Javier. RUC 2000337389-5 RIT 1175 - 2020 NOMB

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