Juzgado de Garantía de Puente Alto

MARIA TERESA RODRIGUEZ GALVEZ C/ FABIOLA VALESKA HENRÍQUEZ CORTÉS

Rol

O-12615-2021

Fecha

19 de octubre de 2021

Materia

LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: I.- Que, la Fiscalía Local de Puente Alto ha presentado requerimiento en procedimiento monitorio en contra de FABIOLA VALESKA HENRÍQUEZ CORTÉS, RUN N° 0013243677-0; por la responsabilidad que le cabe en calidad de autor de la falta consumada de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 N°5 del Código Penal por los hechos acontecidos en la comuna de Puente Alto el día 13 de septiembre de 2021. Por lo anterior, el Ministerio Público solicita se le imponga, la pena de multa de UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y las costas de la causa. II.- Que, atendida la presentación del Ministerio Público, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 21, 49, 70 y 494 N°5 del Código Penal; y artículos 47, 391, 392 y 398 del Código Procesal Penal; y encontrándose el requerimiento suficientemente fundado; SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE, sin costas, el requerimiento, y en consecuencia, se condena a FABIOLA VALESKA HENRÍQUEZ CORTÉS, RUN N° 0013243677-0, ya individualizada, como autora de la falta consumada de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 N°5 del Código Penal, perpetrada en la comuna de XHVEXXXLJH MARIA JOSE ARAYA SAAVEDRA Juez de garantía Fecha: 16/11/2021 10:56:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Puente Alto, el día 13 de septiembre de 2021, al pago de una MULTA DE UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal. La multa impuesta de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 inciso final del Código Penal, deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la referida unidad en el momento de su pago, median

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, SE ACOGE, sin costas, el requerimiento, y en consecuencia, se condena a FABIOLA VALESKA HENRÍQUEZ CORTÉS, RUN N° 0013243677-0, ya individualizada, como autora de la falta consumada de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 N°5 del Código Penal, perpetrada en la comuna de XHVEXXXLJH MARIA JOSE ARAYA SAAVEDRA Juez de garantía Fecha: 16/11/2021 10:56:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Puente Alto, el día 13 de septiembre de 2021, al pago de una MULTA DE UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal. La multa impuesta de acuerdo a lo establecido en el artículo 60 inciso final del Código Penal, deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la referida unidad en el momento de su pago, mediante comprobante de depósito en el Tesorería de la I. Municipalidad del lugar de comisión del delito, para lo cual se sugiere retirarlo en el mesón de público de este Tribunal. Si la multa es pagada dentro de los quince días siguientes a la notificación del requerido, será rebajada en 25 %; fuera de este plazo deberá pagar la multa impuesta e

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JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO RUC N°: 2100842428-1 RIT N° 12615 - 2021 Materia: Lesiones leves. Imputado: FABIOLA VALESKA HENRÍQUEZ CORTÉS, RUN N° 0013243677-0 con domicilio en PASAJE EL REDIL Nº 1217, comuna de Puente Alto. Multa: 1 Unidad Tributaria Mensual., Si paga dentro de 15 días, deberá pagar el 75% del total de la multa impuesta. Puente Alto, diecinueve de octubre de dos mil veint

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