JOSE LUIS ROA ALVAREZ C/ BORIS MANUEL MORALES VÁSQUEZ
Rol
O-382-2021
Fecha
10 de noviembre de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 111, 110, y 196 de la Ley de Tránsito, artículos 11 N° 6, 70, del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 4, y siguientes y 38 de la Ley 18.216, se declara: I. Que SE CONDENA a BORIS MANUEL MORALES VÁSQUEZ, Cédula de identidad N° 19.127.408-3, ya individualizado, como autor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad provocando daños, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 110 y 111 de la Ley de Tránsito, cometido el día 05 de mayo de 2021, en la comuna de Pelluhue, a la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, multa de tres Unidades Tributarias Mensuales, Suspensión de Licencia de Conducir por el término de 2 años, y a las accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que no se condena en costas al sentenciado, por haber admitido responsabilidad. III. Que para el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, reuniendo en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se le sustituye la pena corporal por la de Remisión Condicional, por el plazo de 1 año, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de Chanco y con las demás exigencias del artículo 5° de la citada legislación. Si incumple lo anterior cumplirá la pena principal efectivamente y se le contara desde que se presente o sea habido. IV. Respecto al pago de la multa por el manejo en estado de ebriedad se conceden nueve (9), parcialidades iguales y sucesivas de 1/3 UTM cada una, con vencimiento la primera hasta el último día hábil del mes de noviembre de 2021. En caso de no pago de la multa estese a lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. YEPYXXXXXX Nicolás Andre Leppe Abarzúa Juez de garantía Fecha: 17/11/2021 10:10:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADO
Fallo
se declara: I. Que SE CONDENA a BORIS MANUEL MORALES VÁSQUEZ, Cédula de identidad N° 19.127.408-3, ya individualizado, como autor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad provocando daños, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 110 y 111 de la Ley de Tránsito, cometido el día 05 de mayo de 2021, en la comuna de Pelluhue, a la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, multa de tres Unidades Tributarias Mensuales, Suspensión de Licencia de Conducir por el término de 2 años, y a las accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que no se condena en costas al sentenciado, por haber admitido responsabilidad. III. Que para el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, reuniendo en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se le sustituye la pena corporal por la de Remisión Condicional, por el plazo de 1 año, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de Chanco y con las demás exigencias del artículo 5° de la citada legislación. Si incumple lo anterior cumplirá la pena principal efectivamente y se le contara desde que se presente o sea habido. IV. Respecto al pago de la multa por el manejo en estado de ebriedad se conceden nueve (9), parcialidades iguales y sucesivas de 1/3 UTM cada una, con vencimiento la primera hasta el último día hábil del mes de noviembre de
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Errázuriz s/n, Chanco VII Región del Maule Fono (73) 2551002 Correo electrónico: jlyg_chanco@pjud.cl De conformidad al artículo 27 del acta 98-2.009, en relación al artículo 48 del acta 91- 2.007, ambos dictados por la Ilustrísima Corte Suprema, se transcribirá solo la parte resolutiva. Chanco, diez de noviembre de dos mil veintiuno. Atendido el mérito de los antecedentes y visto además lo dispu
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