Juzgado de Garantía de Calama.

C/ ANDROY FERNANDEZ HUAYGUA

Rol

O-2864-2019

Fecha

10 de noviembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 09 de septiembre de 2018, a las 22:40 horas, el imputado, ya individualizado, conducía un vehículo marca Toyota, modelo Corolla, color gris, P.P.U ZX.4417, por la intersección de calle Pedro de Valdivia con Sotomayor, donde choca con la acera y luego reinicia la marcha del móvil, efectuando una maniobra en la cual casi impacta el inmueble de dicha intersección, por lo que el testigo del hecho, don Nicolas Marcelo Valencia Mondaca, lo retiene en el lugar, ya que se percata que se el conductor se encontraba bajo los efectos del alcohol, motivo por el cual llama a carabineros, quienes al llegar al lugar de los hechos, proceden a la detención del requerido, ya que este efectivamente se encontraba en estado de ebriedad, esto constó por su inestabilidad al caminar, incoherencia al hablar, fuerte hálito alcohólico y su rostro congestionado, siendo trasladado al S.A.R Alemania de Calama y se le practicó la alcoholemia respectiva, la que arrojó un resultado de 2,64 gramos por mil. Se procede a la realización del juicio simplificado y el Tribunal resuelve: Calama, diez de noviembre de dos mil veintiuno. Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE lo dispuesto en los artículos 1, 3, 4, 40, 347, 388 del Código Procesal Penal, en relación al artículo 196 de la ley de tránsito, se resuelve: I.- Que, SE ABSUELVE, a ANDROY FERNANDEZ HUAYGUA, Cédula de identidad N° 0024177187-3, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra en el requerimiento de fecha 23 de mayo de 2019. II.- Que, se exime al Ministerio Público al pago de las costas, ya que tenía

Fundamentos

motivos plausibles para litigar y fue en definitiva la inasistencia reiterada de la víctima la que derivó en la absolución del imputado. III.-Que, los intervinientes, incluyendo el imputado, se entienden notificados con esta fecha de la sentencia absolutoria dictada. IV.- Que, en conformidad al artículo 347 del Código Procesal Penal, SE DEJAN SIN EFECTO TODAS LAS MEDIDAS CAUTELARES que se hubieren decretado en la causa, si las hubiere. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. DICTADO POR ALEJANDRO GONZALEZ ESCOBAR, JUEZ DE GARANTIA TITULAR HXGMWYTXRM Alejandro Salvador González Escobar Juez de garantía Fecha: 10/11/2021 16:49:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por la funcionaria de acta en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia: RIT 2864 - 2019 diez de noviembre de dos mil veintiuno. Sala N°: 2 VIRTUAL ZOOM Encargado de acta: MAC- YVM HXGMWYTXRM Alejandro Salvador González Escobar Juez de garantía Fecha: 10/11/2021 16:49:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-11-10T16:49:55-0300 Corte Suprema Alejandro Salvador González Escobar Verificación Legal

Fallo

se resuelve: I.- Que, SE ABSUELVE, a ANDROY FERNANDEZ HUAYGUA, Cédula de identidad N° 0024177187-3, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra en el requerimiento de fecha 23 de mayo de 2019. II.- Que, se exime al Ministerio Público al pago de las costas, ya que tenía motivos plausibles para litigar y fue en definitiva la inasistencia reiterada de la víctima la que derivó en la absolución del imputado. III.-Que, los intervinientes, incluyendo el imputado, se entienden notificados con esta fecha de la sentencia absolutoria dictada. IV.- Que, en conformidad al artículo 347 del Código Procesal Penal, SE DEJAN SIN EFECTO TODAS LAS MEDIDAS CAUTELARES que se hubieren decretado en la causa, si las hubiere. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. DICTADO POR ALEJANDRO GONZALEZ ESCOBAR, JUEZ DE GARANTIA TITULAR HXGMWYTXRM Alejandro Salvador González Escobar Juez de garantía Fecha: 10/11/2021 16:49:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por la funcionaria de acta en el que se resume lo acontecido y resuelto en la aud

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA JUICIO SIMPLIFICADO EFECTIVO RIT : 2864 - 2019 RUC : 1800884602-9 FECHA : diez de noviembre de dos mil veintiuno HORA INICIO : 11:09 hrs. HORA TÉRMINO : 11:20 hrs. DELITO : CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES. JUEZ : ALEJANDRO SALVADOR GONZALEZ ESCOBAR FISCAL : EDUARDO ALBERTO PEÑA MARTÍNEZ DEFENSOR : OMAR SEBASTIÁN ZULETA ROJAS IMPUTADO : ANDROY FERNANDEZ

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