Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.

MINISTERIO PUBLICO . . C/ MICHAEL RICHARD HANCENN SOTO

Rol

O-109-2021

Fecha

9 de noviembre de 2021

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que motivaron el presente juicio, se contienen en la acusación deducida por el Ministerio Público en contra del imputado, la cual señala lo siguiente: “Que el 25 de febrero de 2021, en horas de la tarde, el imputado Michael Richard Hancenn Orellana, mediante escalamiento del cierre perimetral, ingresó a la propiedad de doña Georgina Fuentealba Hernández, ubicado en calle Independencia N° 968, de esta ciudad, ingresando a la casa habitación mientras ésta se encontraba en su interior, al ser sorprendido, agredió a la víctima con golpes de pie y puño, exigiéndole la entrega de dinero, registrando las dependencias y sustrayendo dinero en efectivo, que se encontraban en tarros y monederos; diversas joyas, en particular un reloj plateado con pulsera plateada y un tarro de leche grande contenedor de monedas de quinientos pesos, apropiándoselos con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño. La víctima resultó con edema y equimosis peri orbitaria bilateral, edema frontal y glabelar, herida dorso nasal, de carácter leve.” Respecto de los hechos descritos, el Ministerio Público los ha calificado como constitutivos del delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en los artículos 432, 436 inciso 1 y 439 del Código Penal, en grado de CONSUMADO, según el artículo 7° del mismo cuerpo legal, delito en que al BQMDWXGEDZ Juan Pablo Lagos Ortega Juez Redactor Fecha: 09/11/2021 13:46:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 acusado Hancenn Orellana le ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal, una participación en calidad de AUTOR, toda vez que ha tomado parte en la ejecu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes: Que con fecha cuatro de noviembre de dos mil veintiuno, ante este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán, constituido por los jueces don Raúl Romero Sáez, quien presidió la audiencia y don Juan Pablo Lagos Ortega, luego de que

Fallo

se declarara la inhabilidad, por afectarle la causal de implicancia prevista en el artículo 195 inciso 2° N°3, del Código Procesal Penal, de la jueza interina doña María Alejandra Cruz Vial, de conformidad a lo previsto en el artículo 76 del Código Procesal Penal, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral en la causa RIT 109 - 2021, seguida por UN DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA, en contra de MICHAEL RICHARD HANCENN SOTO, cédula de identidad número 15.877.723-1, nacido el 13 de mayo de 1984, 37 años, soltero, talabartero, domiciliado en Población Rosita O’Higgins, calle Lozier N° 334, Chillán, representado por el Defensor Penal Público don Nicolás Castillo Cruz, con domicilio y forma de notificación registrada en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto doña Maritza Camus Vega, con domicilio y forma de notificación registrada en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal: Que, los hechos que motivaron el presente juicio, se contienen en la acusación deducida por el Ministerio Público en contra del imputado, la cual señala lo siguiente: “Que el 25 de febrero de 2021, en horas de la tarde, el imputado Michael Richard Hancenn Orellana, mediante escalamiento del cierre perimetral, ingresó a la propiedad de doña Georgina Fuentealba Hernández, ubicado en calle Independencia N° 968, de esta ciudad, ingresando a la casa habitación mientras ésta se encontraba en su interior, al ser sorprendido, agredió a la víctima con golpes de pie y

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1 Chillán, nueve de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e Intervinientes: Que con fecha cuatro de noviembre de dos mil veintiuno, ante este Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Chillán, constituido por los jueces don Raúl Romero Sáez, quien presidió la audiencia y don Juan Pablo Lagos Ortega, luego de que se declarara la inhabilidad, por afectarle la c

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