Juzgado de Letras y Garantía de Quintero.

CAROLINA BELEN MUÑOZ ESCOBAR C/ JAVIER ENRIQUE VALENZUELA ALMARZA

Rol

O-1506-2021

Fecha

5 de noviembre de 2021

Materia

CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos oídos y

Fundamentos

considerando: De acuerdo con lo previsto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, , 15 N° 1, 37, 60 del Código Penal, artículos, 1° , 4° y 38 de la Ley N° 18.216, artículo 196 de las leyes de Tránsito Público, artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara: I; Que se condenan a don JAVIER ENRIQUE VALENZUELA ALMARZA, cédula nacional de identidad n° 15.333.883-3, como autor de un delito consumado de manejo bajo la influencia de sustancias estupefacientes, del artículo 196 de la Ley de Tránsito, por los hechos ocurridos el día 12 de marzo del año 2021 a sufrir la pena de multa de CUARENTA Y UN (41) DÍAS de prisión en su grado máximo, accesorias legales del artículo 30, multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y suspensión de la licencia de conducir por el plazo de DOS (2) AÑOS. II; Que para el cumplimiento de la pena corporal, se concede la remisión condicional de la pena por el término mínimo de 1 año y se ordena excluir la presente anotación de su extracto de filiación únicamente para fines laborales, de conformidad a lo establecido en el artículo 38 de la Ley referida. El sentenciado deberá presentarse ante el CRS de Santiago Sur 2 dentro del término máximo de 30 días desde ejecutoriada la presente sentencia. III; Que para el cumplimiento de la pena de suspensión de licencia de conducir, tiene el plazo máximo de 5 días para hacer entrega de la misma en dependencias del Juzgado de Letras y Garantía de Quintero. IV; Que para el cumplimiento de la pena pecuniaria, tiene el término máximo de 30 días para efectuar el pago de la respectiva multa. V; Que no se condena en costas al sentenciado, por haber renunciado su derecho a un juicio y por haber sido defendido por la Defensoría Penal Pública. Intervini

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Sentencia en Procedimiento Simplificado Quintero, cinco de noviembre de dos mil veintiuno La parte expositiva y resolutiva de la sentencia se encuentra registrada en audio. Vistos oídos y considerando: De acuerdo con lo previsto en los artículos 1, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, , 15 N° 1, 37, 60 del Código Penal, artículos, 1° , 4° y 38 de la Ley N° 18.216, artículo 196 de las leyes de Tránsito Público

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