LABRA/MOTOROLA CHILE S.A.
Rol
T-1289-2020
Fecha
16 de abril de 2021
Materia
Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece el abogado don Rubén Jerez Atenas, en representación convencional de don CRISTIAN HERNÁN LABRA BELMAR, RUT: 10.618.441-0, trabajador, ambos con domicilio para estos efectos, en Huérfanos Nº 1160, comuna de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de Tutela Laboral por despido vulneratorio y, en forma subsidiaria por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra del ex empleador de su representada, MOTOROLA SOLUTIONS CHILE S.A., RUT Nº 96.682.430-1, representada legalmente por don Alberto Valdivieso Vaillant, RUT Nº 9.156.965-5, con domicilio en Cerro Colorado 5240, Torres del Parque, Torre 2, piso 14, comuna de Las Condes, solicitando el pago de las indemnizaciones y prestaciones que indica, todo ello con intereses, reajustes y costas. Funda su demanda en que su representada ingresó a prestar servicios para la empresa demandada con fecha 09 de abril de 2018, en el cargo de SR Account Manager, percibiendo una remuneración mensual que ascendía a la época de su despido a la suma de $5.060.715. Expone que el trabajador fue despedido intempestivamente, por la causal de necesidades de la empresa que no se condice con la realidad
Fundamentos
considerando que fue reemplazado en la función. Además, le fue impedido por la demandada, con infracción del artículo 19 Nº 4 de la Constitución, retirar sus archivos personales que quedaron en el computador entregado por la empleadora. En tal dispositivo se almacena información relativa, entre otras materias, a sus aprehensiones, advertidas a las instancias respectivas, sobre procedimientos comerciales que pudieran afectar la imagen de Motorola Internacional, respeto del escándalo de corrupción publicitado por la prensa, el 4 diciembre de 20181, relacionado con tratos directos con el Estado, celebrados al margen de la ley, a través de la empresa filial “Interexport”. En tal sentido, se habría trasgredido el dictamen de Contraloría General de la República, Nº 026006N16 de 08-04-2016. Señala que estas maneras de gestionar ventas, cuyos riesgos fueron expuestos por el trabajador en reguardo de la probidad pública y en cuidado del buen nombre de su empresa, las volvió a repetir a propósito de la denuncia mediática a través de canal 13 de televisión y radio Bío Bío, sobre los delitos de prevaricación administrativa, fraude al fisco y falsificación de instrumento público, derivados de la compra de 300 cámaras, efectuada por la Subsecretaría de Prevención del Delito, para el uso de Carabineros de Chile, por un monto de 378 millones de pesos, hechos conocidos por la opinión pública en junio de este año. El trabajador, recordó a los altos ejecutivos que la implicancia de Motorola en cuestionamientos de probidad, podía trasladarse a Estados Unidos, cuyas leyes anticorrupción han caído sobre empresas nacionales como LATAM que debió pagar 22 millones de dólares por los ilícitos de sobornos confesados a la SEC - Securities and Exchange Commission y al Department of Justice (DOJ). El demandante, comunicó a sus superiores que lo mismo habría ocurrido, en enero de este año, a la empresa Metlife, dueña de la Administradora de Fondos de Pensión - AFP Provida, que reconoció engaños en sus contratos de renta vitalicia en perjuicio de sus clientes en el mundo por más de 25 años, cancelando la multa de 10 millones de dólares a la Comisión de Bolsa y Valores de EE.UU. Agrega que adicionalmente, el trabajador se encuentra asociado al sindicato interempresa SINTRAC, razón esencial que la empresa tendría para despedirlo, considerando que, por tal condición, el demandante no sería confiable para guardar secretos inconfesables, lo que generó una ilegal cláusula de reserva para obtener un finiquito. En consecuencia, califica tal despido de discriminatorio y arbitrario en atención a que, con tal decisión, la empleadora castiga la sindicalización de un trabajador. Se han retenido datos personales del demandante que lo protegen de responsabilidad por temas que podrían ser considerados actos de corrupción, que, en su oportunidad, hizo presente para cautelar la imagen corporativa de Motorola, su empleador; y la probidad pública del Estado de Chile. En forma subsidiaria, recla
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 63, 67, 161, 162, 163, 168, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462, 485 a 495 del Código del Trabajo; artículo 19 Nº 4 de la Constitución Política de la República, se resuelve: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la excepción de pago de finiquito opuesta por la demandada MOTOROLA SOLUTIONS CHILE S.A., según los fundamentos expuestos en los motivos séptimo y octavo del presente fallo, con costas, las que se regulan en la suma de $300.000. II.- Que, se RECHAZA, en todas sus partes, la excepción de finiquito respecto de la acción de sindicación opuesta por la demandada MOTOROLA SOLUTIONS CHILE S.A., según los fundamentos expuestos en los motivos noveno y décimo del presente fallo. III.- Que, SE RECHAZA, en todas sus partes, la demanda de tutela laboral interpuesta por el abogado don Rubén Jerez Atenas, en representación convencional de don CRISTIAN HERNÁN LABRA BELMAR, en contra del ex empleador de su representado, MOTOROLA SOLUTIONS CHILE S.A. IV.- Que, SE ACOGE, la demanda de despido injustificado deducida por el abogado don Rubén Jerez Atenas, en representación convencional de don CRISTIAN HERNÁN LABRA BELMAR, en contra del ex empleador de su representado, MOTOROLA SOLUTIONS CHILE S.A., sólo en cuanto, se declara injustificado el despido del trabajador demandante acaecido con fecha 11 de mayo de 2020 y, se condena consecuencialmente, a la demandada a pagar al actor la suma de $1.549.300, por concepto
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Santiago, dieciséis de abril de dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que comparece el abogado don Rubén Jerez Atenas, en representación convencional de don CRISTIAN HERNÁN LABRA BELMAR, RUT: 10.618.441-0, trabajador, ambos con domicilio para estos efectos, en Huérfanos Nº 1160, comuna de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de Tutela Laboral por despido vulneratorio y, en forma subsi
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