Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ MARIO HUMBERTO GALLEGOS NAVARRETE

Rol

O-13095-2018

Fecha

3 de noviembre de 2021

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 28 de diciembre de 2018, aproximadamente a las 15:30 horas, en circunstancias que el acusado MARIO HUMBERTO GALLEGOS NAVARRETE se encontraba en calle 12 de febrero, esquina Pedro Montt, Valparaíso, fue sorprendido por Carabineros con un arma blanca en su poder, sin justificar debidamente su porte.”. Valparaíso, tres de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: En razón de lo anterior conforme lo dispone el artículo 1°, 288 bis del Código Penal; artículo 45 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se CONDENA a MARIO HUMBERTO GALLEGOS NAVARRETE, ya individualizado como autor del delito de porte de arma corto punzante cometido en la vía pública en la ciudad de Valparaíso el día 28 diciembre del año 2018 a sufrir la pena de multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal la que se tiene por cumplida por el mayor tiempo que ha estado privado de libertad con motivo de esta causa del día 29 de diciembre del año 2018 y entre el día de ayer y hoy. Sin costas, por haber admitido responsabilidad lo que ha significado ahorro de recursos fiscales. Conforme al artículo 31 del Código Penal, se decreta el comiso del arma incautada para su destrucción por parte del Ministerio Público, una vez firme la sentencia. Una vez ejecutoriado el fallo, se ordena comunicar lo resuelto al Registro Nacional de Condenados. Se renuncia a recursos Sentencia ejecutoriada. WCLRWXMRXL Jeanette Mireya Oliva Canales Juez de garantía Fecha: 08/11/2021 14:28:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a MARIO HUMBERTO GALLEGOS NAVARRETE, ya individualizado como autor del delito de porte de arma corto punzante cometido en la vía pública en la ciudad de Valparaíso el día 28 diciembre del año 2018 a sufrir la pena de multa ascendente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal la que se tiene por cumplida por el mayor tiempo que ha estado privado de libertad con motivo de esta causa del día 29 de diciembre del año 2018 y entre el día de ayer y hoy. Sin costas, por haber admitido responsabilidad lo que ha significado ahorro de recursos fiscales. Conforme al artículo 31 del Código Penal, se decreta el comiso del arma incautada para su destrucción por parte del Ministerio Público, una vez firme la sentencia. Una vez ejecutoriado el fallo, se ordena comunicar lo resuelto al Registro Nacional de Condenados. Se renuncia a recursos Sentencia ejecutoriada. WCLRWXMRXL Jeanette Mireya Oliva Canales Juez de garantía Fecha: 08/11/2021 14:28:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Sentencia dictada por doña JEANETTE OLIVA CANALES, Juez de Garantía de Valparaíso./aca WCLRWXMRX

Texto Completo (Preview)

RUC N° 1801289284-1 RIT N° 13095 - 2018 C/ MARIO HUMBERTO GALLEGOS NAVARRETE, cédula nacional de identidad N° 15.214.058-4, nacido el 09 de abril 1982, trabajador, 39 años de edad, domiciliado en Población J Perez pasaje María Bombal Nº 12, Mulchén. HECHOS: “El día 28 de diciembre de 2018, aproximadamente a las 15:30 horas, en circunstancias que el acusado MARIO HUMBERTO GALLEGOS NAVARRETE se enc

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