Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ JAIME DAVID JOFRÉ ITURRA

Rol

O-132-2021

Fecha

7 de noviembre de 2021

Materia

CUASIDELITO DE LESIONES: ART 490, 491 INC 2° Y 492., CUASIDELITO DE HOMICIDIO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en Sala integrada por los jueces señor Raúl Baldomino Díaz, quien presidió, señora Andrea Urbina Salazar y señor Hernán González Muñoz, se llevó a efecto el juicio oral de la causa RIT N° 132-2021, RUC N° 1901143547-8, seguida en contra del acusado JAIME DAVID JOFRÉ ITURRA, cédula de identidad N° 8336831-4, nacido en Santiago el 2 de junio de 1962, casado, conductor, actualmente domiciliado en Villa Alto del Maipo, Pasaje Río Turbio Nº 3209, comuna de Puente Alto. Sostuvo la acusación por el Ministerio Público el Fiscal Adjunto de Rancagua don Jorge Mena Ocares y la defensa del acusado a cargo del Defensor Penal Privado don Jorge Montero Mujica, todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que la acusación fiscal se fundó en los siguientes antecedentes: Que el día 22 de octubre del 2019, siendo aproximadamente a las 18:30 horas, el imputado conducía el vehículo bus interprovincial, marca Volvo, modelo B420R, año 2019, patente GTVB-13, por la ruta Travesía en el kilómetro 80, Rancagua, procediendo a ingresar a la intersección de las calzadas enfrentando el semáforo en rojo y colisionando al automóvil placa patente GLTK-48, resultando poli traumatizado con lesiones graves el conductor del vehículo menor don José Eduardo Fuentes González. En el lugar fallece la acompañante doña Verónica del Carmen Rivera Venegas, poli traumatizada y posteriormente fallece en el hospital la hija de ambos doña Antonella Pascal Fuentes Rivera de 9 años de edad, por traumatismo encefálico. El Fiscal calificó los hechos como constitutivos de dos Cuasidelitos de Homicidio, descrito y sancionado en el artículo 490 Nº 1 del Código Penal, en relación al artículo 492 y 391 Nº 2 del mismo cuerpo legal y un cuasidelito de lesiones graves descrito y sancionado en el artículo 490 N° 2 del Código Penal, en relación al artículo 492 y 397 Nº 2 del mismo cuerpo legal. Señaló que favorecía al acusado la atenuante de responsabilidad de irreprochable conducta anterior del artículo 11 N° 6 del Código Penal. Pidió condenar al acusado a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, como autor de cuasidelito de homicidio y lesiones graves, más accesorias del Hernan Carlos Gonzalez Muñoz Juez Redactor Fecha: 07/11/2021 22:53:51 XMBRWXLXCH Raul Andres Baldomino Diaz Juez Presidente Fecha: 08/11/2021 09:46:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl artículo 30 del Código Penal, suspensión licencia de conducir por el término de 2 años, más costas, refiriendo las normas legales que serían aplicables al ca

Fallo

se acuerda de nada”. Expuso que cuando recuperó la conciencia en el Hospital, no recordando la hora, vio a su hijo al lado, el mismo día, preguntó como estaban su señora e hija y le dijeron que estaba en otro sala atendiéndola y pensó estaban heridas, pero nunca pensó que estaban fallecidas, lo que le fue informado por su prima al otro día. Precisó que estuvo como tres semanas en el hospital, fue una siquiatra con medicamentos no quería nada, no podía moverse porque estaba con sangramiento al hígado, la cara. A las preguntas de la defensa respondió de manera afirmativa que se encontraba en el primer lugar para virar a uno o dos metros del cruce, no vio al bus, le dio luz verde y pasó. En el mismo sentido, que el señor Fuentes coincide y es conteste don Mario Alberto Orellana Ahumada, testigo presencial y directo de los hechos, quien Hernan Carlos Gonzalez Muñoz Juez Redactor Fecha: 07/11/2021 22:53:51 XMBRWXLXCH Raul Andres Baldomino Diaz Juez Presidente Fecha: 08/11/2021 09:46:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl consultado por lo que pasó el día 22 de octubre de 2019 indicó que trabajaba en Codegua, que s

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Rancagua, siete de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en Sala integrada por los jueces señor Raúl Baldomino Díaz, quien presidió, señora Andrea Urbina Salazar y señor Hernán González Muñoz, se llevó a efecto el juicio oral de la causa RIT N° 132-2021, RUC N° 1901143547-8, seguida en contra del acusado JAIME DAVI

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