Juzgado de Garantía de Casablanca.

MP C/ DANIELA ANDREA SANDOVAL VIDAL

Rol

O-853-2021

Fecha

5 de noviembre de 2021

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Se acoge el requerimiento y la multa propuesta por estimarse suficientemente fundados conforme a lo dispuesto en el artículo 392 del Código Procesal Penal y se resuelve: Que se condena a DANIELA ANDREA SANDOVAL VIDAL, C.I. N° 0017104491- K, ya individualizado, en su calidad de autor de la falta prevista y sancionada en el artículo 50 de la ley N° 20.000, esto es, porte de sustancias prohibidas, a la pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal, según valor vigente al momento del pago, por los siguientes hechos: El día 13 de junio de 2021, a las 19:20 horas aproximadamente, la imputada se encontraba en ruta 68, kilómetro 58.000, Casablanca, conduciendo el vehículo marca Mazda, placa patente GSLD-86, en el que portaba bajo el asiento del piloto, un frasco de vidrio, que contenía cannabis sativa con un peso bruto de 10.5 gramos. La multa impuesta deberá pagarse en su equivalente en pesos, mediante un depósito efectuado en cuenta corriente habilitada para dicho efecto en el BancoEstado, convenio N° 10613258, debiéndose presentar al Tribunal la copia de la boleta de depósito como constancia de su pago, dentro de tercero día de efectuado éste o remitida por correo certificado al domicilio del Tribunal (Leiva Amor N° 147, Casablanca), bajo apercibimiento de tener por no cumplida la sentencia. I.- Si la multa es pagada dentro de los 15 días contados desde la notificación al imputado, ella será rebajada en 25% la que deberá enterarse en la forma señalada en el párrafo anterior. II.- Si la multa no es pagada dentro del plazo referido, el denunciado deberá pagar la totalidad de la misma, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere dentro del quinto día, el tribunal declara en este acto que deberá satisfacerla por vía de sustitución y apremio con la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de Unidad Tributaria Mensual a que ha sido condenado, sin que ella pueda exceder de seis meses. III.- Instrúyase al imputado en el acto de su noti

Fallo

se resuelve: Que se condena a DANIELA ANDREA SANDOVAL VIDAL, C.I. N° 0017104491- K, ya individualizado, en su calidad de autor de la falta prevista y sancionada en el artículo 50 de la ley N° 20.000, esto es, porte de sustancias prohibidas, a la pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL a beneficio fiscal, según valor vigente al momento del pago, por los siguientes hechos: El día 13 de junio de 2021, a las 19:20 horas aproximadamente, la imputada se encontraba en ruta 68, kilómetro 58.000, Casablanca, conduciendo el vehículo marca Mazda, placa patente GSLD-86, en el que portaba bajo el asiento del piloto, un frasco de vidrio, que contenía cannabis sativa con un peso bruto de 10.5 gramos. La multa impuesta deberá pagarse en su equivalente en pesos, mediante un depósito efectuado en cuenta corriente habilitada para dicho efecto en el BancoEstado, convenio N° 10613258, debiéndose presentar al Tribunal la copia de la boleta de depósito como constancia de su pago, dentro de tercero día de efectuado éste o remitida por correo certificado al domicilio del Tribunal (Leiva Amor N° 147, Casablanca), bajo apercibimiento de tener por no cumplida la sentencia. I.- Si la multa es pagada dentro de los 15 días contados desde la notificación al imputado, ella será rebajada en 25% la que deberá enterarse en la forma señalada en el párrafo anterior. II.- Si la multa no es pagada dentro del plazo referido, el denunciado deberá pagar la totalidad de la misma, bajo apercibimiento de que si

Texto Completo (Preview)

Casablanca, cinco de noviembre de dos mil veintiuno. A LO PRINCIPAL: Visto: Se acoge el requerimiento y la multa propuesta por estimarse suficientemente fundados conforme a lo dispuesto en el artículo 392 del Código Procesal Penal y se resuelve: Que se condena a DANIELA ANDREA SANDOVAL VIDAL, C.I. N° 0017104491- K, ya individualizado, en su calidad de autor de la falta prevista y sancionada en el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica