Juzgado de Garantía de Los Angeles.

PABLO ESTEBAN VILLALOBOS FUENTES C/ FRANCISCO ANTONIO MILLAR LABRA

Rol

O-260-2019

Fecha

5 de noviembre de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°s 6 y 9, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67 y 69 del Código Penal; artículos 388, 389, 395 del Código Procesal Penal; lo establecido en el artículo 110, 196 y 209 inc. 2° de la Ley 18.290 de Tránsito y demás normas pertinentes y de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.-Que, se CONDENA a don FRANCISCO ANTONIO MILLAR LABRA RUN N° 19.716.899-4, ya individualizado como autor del delito de Conducción en estado de ebriedad agravado previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 y 209 inc. 2° todos de la Ley de Tránsito 18.290, en grado de consumado, cometido el día 08 de abril de 2018 en la comuna de Los Ángeles, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual otorgándole treinta días para su pago íntegro a contar desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, y a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que no se da lugar a la prohibición de la licencia de conducir toda vez que el tribunal considera que es una pena que no está regulada y que va en contra el principio de legalidad que establece nuestro ordenamiento jurídico. III.-Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de Remisión Condicional de la Pena, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de los Ángeles por lapso de un año y a cumplir con las exigencias señaladas en el artículo 5 de la citada ley, el sentenciado deberá presentarse al centro ya individualizado dentro del plazo de cinco días contados desde que esta sentencia se encuentra firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivame

Fallo

SE DECLARA: I.-Que, se CONDENA a don FRANCISCO ANTONIO MILLAR LABRA RUN N° 19.716.899-4, ya individualizado como autor del delito de Conducción en estado de ebriedad agravado previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 y 209 inc. 2° todos de la Ley de Tránsito 18.290, en grado de consumado, cometido el día 08 de abril de 2018 en la comuna de Los Ángeles, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual otorgándole treinta días para su pago íntegro a contar desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, y a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que no se da lugar a la prohibición de la licencia de conducir toda vez que el tribunal considera que es una pena que no está regulada y que va en contra el principio de legalidad que establece nuestro ordenamiento jurídico. III.-Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de Remisión Condicional de la Pena, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de los Ángeles por lapso de un año y a cumplir con las exigencias señaladas en el artículo 5 de la citada ley, el sentenciado deberá presentarse al centro ya individualizado dentro del plazo de cinco días contados desde que esta sentencia se e

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Individualización de Audiencia de preparación juicio oral.. Fecha Los Angeles., cinco de noviembre de dos mil veintiuno Magistrado LIA FERNANDA CHEPE SEMMLER Fiscal PAOLA OTAROLA MUÑOZ Defensor VANIA VILLARROEL PACHECO Hora inicio 10:09AM Hora termino 10.37AM Sala Sala 1 video conferencia Tribunal Juzgado de Garantía de Los Angeles. Acta isb RUC 1800342711-7 RIT 260 – 2019 Reg de audio Actuacion

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