Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales.

MP C/ KAREN PAMELA QUIROS AROCA

Rol

O-647-2019

Fecha

5 de noviembre de 2021

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se ha presentado requerimiento en procedimiento simplificado en contra de Karen Pamela Quiroz Aroca, cédula nacional de identidad número 16.311.696-0, trabajadora, con domicilio para estos efectos en calle Eberhard N°280, comuna de Puerto Natales. El requerimiento fue formulado por la falta consumada de porte para consumo personal y próximo en el tiempo de cannabis sativa, prevista y sancionada en el artículo 50 de Ley 20.000, correspondiéndole participación en calidad de autora y fundado en los siguientes hechos: El día 13 de agosto del año 2019, alrededor de las 12:00 horas, la imputada Karen Pamela Quiroz Aroca, ya individualizada, fue sorprendida por personal policial en su domicilio de calle Tucapel N°1273, de la comuna de Puerto Natales, mientras mantenía, careciendo de la debida autorización, un cultivo de cannabis sativa, que consistía en ocho plantas pequeñas en distintas etapas de crecimiento, que miden entre 16 y 51 centímetros, además se le incautó algunos contenedores con el producto de la cosecha de las plantas correspondiente a 43,9 gramos de cannabis sativa, asimismo se le incautaron diversos elementos para cultivo interior de plantas. SEGUNDO: Que para fundar el requerimiento el Ministerio Público ha invocado los siguientes antecedentes: 1. Parte denuncia N°613, de la Brigada de Investigación Criminal de Puerto Natales, de fecha 13 de agosto de 2019. 2. Acta de prueba de campo. 3. Acta de incautación o entrega voluntaria. 4. Acta de pesaje de droga. 5. Set fotográficos. 6. Extracto de filiación y antecedentes de la requerida, el cual no registra anotaciones pretéritas. TERCERO: Que el fiscal estima concurren las circunstancias atenuantes del artículo 11 Nºs 6 y 9 del Código Penal y solicita se le imponga la pena de cinco unidades tributarias mensuales. CUARTO: Que la imputada ha manifestado que las circunstancias y hechos contenidos en el requerimiento son efectivos y ha admitido responsabilidad. BVXEWWBDSW Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 05/11/2021 12:03:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl QUINTO: Que los hechos enunciados por el persecutor en su requerimiento, unido al reconocimiento efectuado por la requerida, resultan suficientes para tener por establecida la existencia del ilícito y la participación que le ha correspondido. Sin perjuicio de ello, refuerza la convicción del tribunal los antecedentes recabados durante la investigación y que han sido referidos en el motivo segundo. SEXTO: Que la abogada def

Fallo

SE DECLARA: I. Que se acoge el requerimiento en procedimiento simplificado presentado por el Ministerio Público y se condena a doña Karen Pamela Quiroz Aroca, cédula nacional de identidad número 16.311.696-0, como autora de la falta consumada de porte para consumo personal y próximo en el tiempo de cannabis sativa, prevista y sancionada en el artículo 50 de Ley 20.000, a sufrir la pena pecuniaria equivalente a dos (2) de unidades tributarias mensuales. II. Si la sentenciada no pagare la multa impuesta (2 utm), ésta le será sustituida conforme disponen los artículos 49 y siguientes del Código Penal. III. Que se dispone la suspensión de la pena impuesta y de sus efectos, por el plazo de seis (6) meses, conforme lo dispone el artículo 398 del Código Procesal Penal. IV. Que se exime a la sentenciada del pago de las costas. RUC 1900870596-0 RIT 647-2019 Dictada por don Jorge Lavin Saint-Pierre, Juez de Garantía Titular. BVXEWWBDSW Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 05/11/2021 12:03:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-11-05T12:03:23-0300 Corte Suprema Jorge Juan Enrique Lavin

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Juzgado de Garantía de Natales Procedimiento Simplificado RIT 647-2019 RUC 1900870596-0 Imputado: Karen Quiroz Aroca Materia: Falta artículo 50 Ley 20.000 Juez Titular: Jorge Lavin Saint-Pierre Fecha de inicio: 14 de agosto de 2019 Fecha de sentencia: 5 de noviembre de 2021 Código: 7039 Puerto Natales, a cinco de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a

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