Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ SEBASTIÁN CRISTÓBAL VIDAL FARÍAS

Rol

O-11401-2019

Fecha

2 de noviembre de 2021

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Lo dispuesto en los artículos 1°, 456 bis A del Código Penal; artículos 45 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: Que, SE ABSUELVE a don PEDRO PABLO CONCHA MADRID, cédula de identidad N°10.964.823-K, ya individualizado, de todos los cargos formulados en su contra, de ser autor de un supuesto delito de receptación de especies robadas, cometido el día 14 de octubre de 2019 en la ciudad de Valparaíso. No se condena en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo

Fundamentos

motivos plausibles para perseguir la responsabilidad criminal del requerido. Una vez firme la sentencia, se ordena el archivo de estos antecedentes. Se tiene por ejecutoriada la presente sentencia. Dictada por S.S. JEANETTE OLIVA CANALES, Juez de Garantía de Valparaíso. /dvj VXDKWXTJWC Jeanette Mireya Oliva Canales Juez de garantía Fecha: 06/11/2021 11:23:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-11-06T11:23:40-0400 Corte Suprema Jeanette Mireya Oliva Canales Verificación Legal

Fallo

SE DECLARA: Que, SE ABSUELVE a don PEDRO PABLO CONCHA MADRID, cédula de identidad N°10.964.823-K, ya individualizado, de todos los cargos formulados en su contra, de ser autor de un supuesto delito de receptación de especies robadas, cometido el día 14 de octubre de 2019 en la ciudad de Valparaíso. No se condena en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo motivos plausibles para perseguir la responsabilidad criminal del requerido. Una vez firme la sentencia, se ordena el archivo de estos antecedentes. Se tiene por ejecutoriada la presente sentencia. Dictada por S.S. JEANETTE OLIVA CANALES, Juez de Garantía de Valparaíso. /dvj VXDKWXTJWC Jeanette Mireya Oliva Canales Juez de garantía Fecha: 06/11/2021 11:23:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-11-06T11:23:40-0400 Corte Suprema Jeanette Mireya Oliva Canales Verificación Legal

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RUC N° 1901111518-K RIT N° 11401 – 2019 IMPUTADO: PEDRO PABLO CONCHA MADRID, cédula de identidad N°10.964.823-K, nacido el 24 de mayo del año 1972, 49 años de edad, domiciliado en Calle Freire Zelanda N°419, comuna de Valparaíso, con forma de especial de notificación al número 9-82570289. Valparaíso, dos de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y con

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