Juzgado de Garantía de Colina

MP C/ JHOAN MANUEL ORTIZ PIZARRO

Rol

O-1688-2020

Fecha

3 de noviembre de 2021

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 8 de mayo de 2020, a las 11:40 horas aproximadamente, los imputados BRIAN ALEXANDER OJIER PEREZ y JHOAN MANUEL ORTIZ PIZARRO, fueron sorprendidos por funcionarios de carabineros conduciendo el vehículo marca Hyundai, modelo Tucson, tipo Station Wagon, de color plateado, sin sus placas patentes, en la intersección de calles Dos Sur con calle Coquimbo, comuna de Til TIl, momentos en que los funcionarios policiales se percataron que se trataba del vehículo P.P.U. WC-4873, el cual registraba encargo policial vigente N° 1193-05-2020, por el delito de robo de fecha 7 de mayo de 2020, hecho que fue denunciado en la 5ª Comisaría de Conchalí, Subcomisaría Conchalí Norte, por lo que los imputados conocían o no podían menos que conocer el origen de la especie que mantenían bajo su custodia o poder. SE DECLARA: I. Que se condena a JHOAN MANUEL ORTIZ PIZARRO, cédula de identidad N° 0019260119-3, ya individualizado, a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de su condena y al pago de una multa de 5 unidades tributarias mensuales en su calidad de autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, cometido en la jurisdicción de éste Tribunal el día 8 de mayo de 2020. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda VJHXWWHXBJ Elias Gabriel Aguero Matamala Juez de garantía Fecha: 04/11/2021 11:41:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a JHOAN MANUEL ORTIZ PIZARRO, cédula de identidad N° 0019260119-3, ya individualizado, a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de su condena y al pago de una multa de 5 unidades tributarias mensuales en su calidad de autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, cometido en la jurisdicción de éste Tribunal el día 8 de mayo de 2020. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda VJHXWWHXBJ Elias Gabriel Aguero Matamala Juez de garantía Fecha: 04/11/2021 11:41:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl por el lapso de DOS AÑOS y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de

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SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Colina, tres de noviembre de dos mil veintiuno. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: ELIAS GABRIEL AGUERO MATAMALA RUC: 2000466948-8 RIT: 1688 - 2020 IMPUTADO: JHOAN MANUEL ORTIZ PIZARRO C.I. 0019260119-3 FECHA DE NACIMIENTO 24-03-1997 DIRECCIÓN Avenida COQUIMBITO Nº 409 COMUNA: Til Til. DELITO RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADO

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