MP CALAMA C/ JOAQUÍN RODRIGO ZAMBRANO FREIRE
Rol
O-274-2019
Fecha
2 de noviembre de 2021
Materia
CUASIDELITO DE HOMICIDIO COMETIDO POR PROFESIONALES DE LA SA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDO PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, integrado por sus jueces titulares doña Rosa Caballero Burgos y don Rodrigo Cartes Fierro y la juez suplente doña Karen Herrera Iriarte, con fecha veintiséis, veintisiete y veintiocho de octubre de dos mil veintiuno, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT N° 274- 2019, seguida en contra de JOAQUIN RODRIGO ZAMBRANO FREIRE, cédula nacional de identidad N° 15.569.022-4, chileno, 38 años de edad, nacido el 27 de marzo de 1983 en Linares, casado, médico cirujano, con domicilio para efectos del artículo 26 del Código Procesal Penal en pasaje Cala 3496 Villa Lomas Huasi, Calama, representado por el abogado privado Rodrigo Soto Chandía; y en contra de ALEJANDRO FRANCISCO SANCHEZ SIERRA, cédula nacional de identidad N° 10.665.562-6, chileno, 50 años de edad, nacido el 21 de febrero de 1971 en Calama, médico cirujano, casado, domiciliado para efectos del artículo 26 del Código Procesal Penal en calle Ascotan N° 1759, Calama, representado por los defensores privados María Arriaza Donoso y Claudio Peralta Cortés. El Ministerio Público, se encuentra representado por el fiscal don Gabriel Zepeda Castillo, domiciliado en calle Granaderos Nº 2426, Calama.
Fundamentos
CONSIDERANDO SEGUNDO: Acusación Fiscal. Que el Ministerio Público al deducir acusación en contra del acusado, la fundó en lo siguiente: “El día 19 de diciembre de 2014, en horas de la tarde, la víctima Mireya Rueda Rodríguez llegó a Calama vía terrestre desde la ciudad de Santiago El día 21 de Diciembre de 2014, en horas de la tarde, la víctima comenzó a tener malestares físicos, presentando BDJWVNRXX Karen Andrea Herrera Iriarte Juez Redactor Fecha: 02/11/2021 17:58:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl dolor y dificultad de movimientos en sus piernas y dificultades para respirar, desmayándose, ingresando al servicio de urgencias del hospital Carlos Cisternas de la ciudad de Calama en el cual fue atendido por el Dr. Joaquín Zambrano Freire, quien le diagnostico lipotimia y le administró una solución fisiológica a fin de estabilizar su presión arterial y le realizó exámenes de sangre, derivándola a su domicilio. Posteriormente, el día 25 de diciembre de 2014, alrededor de las 03:00 hrs, la víctima nuevamente se desmayó estando en su domicilio por lo que sus familiares llamaron a una ambulancia a fin de ser trasladad al hospital de Calama, sufriendo el trayecto al mismo otro desvanecimiento, golpeándose el pecho, ingresando a urgencias del hospital Carlos Cisternas alrededor de las 6:.00 hrs., siendo atendida por el Dr. Alejandro Sánchez Sierra, quien después de atenderla le diagnostico una Costo condritis de carácter leve, derivándola a su domicilio. Sin embargo, una vez fuera del hospital la víctima se desmayó nuevamente, por lo que fue reingresada a emergencias en donde recibió como tratamiento la colocación de un suero, para luego ser enviada nuevamente a su domicilio. Durante los días siguientes la víctima mantuvo un decaimiento general en su estado de salud, dificultades para respirar y dolores en sus piernas. El 30 de diciembre de 2014, alrededor de las 03:00 hrs, la víctima ingreso nuevamente al servicio de urgencias del hospital Carlos cisternas junto a familiares, con los mismos síntomas ya descritos, siendo atendida nuevamente por el Dr. Sánchez Sierra, quien sin tomar en cuenta la atención del día 25 de Diciembre de 2014, le diagnostico una bronquitis obstructiva, dándole broncodilatadores e indometacina, a los cuales la paciente responde favorablemente por lo que se le da de alta y se le envía a su domicilio. Ese mismo día, alrededor de las 5:50 hrs., la víctima nuevamente ingreso a urgencias del Hospital Carlos Cisternas con dolor epigástrico y cuadro de posible lipotimia, siendo atendida por el Dr. Jaime Hernández Navarrete, quien le detectó taquicardia e hipotensión l
Fallo
Por tanto, no existe responsabilidad médica alguna en el fallecimiento de Mireya que pueda ser atribuible a su representado y por lo mismo solicita la absolución. CUARTO: Declaración de los acusados. Que los acusados Zambrano Freire y Sánchez Sierra, en conocimiento de sus derechos, decidieron renunciar a su derecho a guardar silencio y prestar declaración, indicando lo siguiente: Joaquín Zambrano Freire: Es médico cirujano, egresado de la Universidad de Antofagasta el año 2011, se desempeña en este minuto como jefe del servicio de urgencia del Hospital Carlos Cisternas de Calama. Respecto a lo que se leyó en el Auto de Apertura, es de su menester referirse a la atención del día 21, en el cual se le imputa una correlación causal respecto a una causa de fallecimiento que ocurrió 10 días posteriores a su atención. Previo a eso, explicará cómo funciona un servicio de urgencia en el año 2014. El año 2014 es un año en el cual, y de ahí hacía atrás, los folios son de papel, que vienen en triplicado, impresos por la casa de la moneda, foliados por la casa de la moneda, en el cual cuando el proceso de urgencia ocurre, un digitador en una caja inscribe a un paciente, con su carnet de identidad, posteriormente es llamado por el equipo de enfermería, el cual toma sus signos vitales, y de acuerdo los signos vitales, categoriza a un paciente para poder definir quién se atiende primero y quién se atiende después, dado que la urgencia no se atiende por orden de llegada, sino que se atiende
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C/ JOAQUIN ZAMBRANO FREIRE Y ALEJANDRO SANCHEZ SIERRA RIT: 274-2019 RUC N° 1500016652-6 CUASIDELITO DE HOMICIDIO Calama, dos de noviembre de dos mil veintiuno. VISTO Y OIDO PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama, integrado por sus jueces titulares doña Rosa Caballero Burgos y don Rodrigo Cartes Fierro y la juez suplent
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