SÁNCHEZ/SOLUCIONES DE INGENIERÍA SINER LTDA.
Rol
O-561-2020
Fecha
13 de abril de 2021
Materia
Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. CUARTO: Que en orden a acreditar los
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que Félix Gastón Sánchez Opazo, trabajador, con domicilio, para estos efectos en calle Calle Urmeneta 488-B, San Bernardo, interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Soluciones de Ingeniería Siner Limitada, representada legalmente por Jorge Olguín Suarez, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en América N°612, San Miguel, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condene a la demandada al pago de las prestaciones que indica. Fundando su pretensión, señala que con fecha 21 de abril de 2016, comenzó a prestar servicios personales, bajo vínculo de subordinación y dependencia, desempeñándose como supervisor con una jornada de 45 horas semanales y percibiendo una remuneración de $1.289.547.- Señala que con fecha 15 de mayo de 2020 puso término a sus servicios por despido indirecto por haber incurrido la empleadora en los incumplimientos que detalla, dándose por interno y expresamente reproducida la demanda en lo pertinente y
Fallo
en mérito de lo expuesto y normas legales que invoca, solicita se condene a la demandada al pago de las prestaciones que consigna en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que la demandada no contestó el libelo incoado en su contra, por lo que nada expuso con relación a las pretensiones del actor y se tuvo por evacuado dicho trámite en su rebeldía. TERCERO: Que celebrada la audiencia preparatoria, sólo compareció a la misma la parte demandante permaneciendo en rebeldía la demandada por lo que, fracasado el trámite de conciliación, el Tribunal recibió la causa a prueba, fijando los hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. CUARTO: Que en orden a acreditar los fundamentos de su pretensión, la parte demandante ofreció e incorporó en la audiencia de juicio la prueba documental singularizada en el acta respectiva, la que para todos los efectos legales se da por expresamente reproducida en lo pertinente y solicitó se hiciera efectivo el apercibimiento legal con respecto a la absolución y exhibición de documentos. Que, por su parte, la demandada no incorporó probanza alguna en orden a desvirtuar las alegaciones formuladas por los actores. QUINTO: Que con el mérito de la prueba documental incorporada en esta causa, se tendrá acreditado que el demandante ingresó a prestar servicios para la demandada con fecha 21 de abril de 2016, desempeñándose como supervisor, con una jornada de 45
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San Miguel, trece de abril de dos mil veintiuno Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que Félix Gastón Sánchez Opazo, trabajador, con domicilio, para estos efectos en calle Calle Urmeneta 488-B, San Bernardo, interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Soluciones de Ingeniería Siner Limitada, representada legalmente por Jorge Olguín Suarez, ignora profesión u oficio,
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